Page 513 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II


                              OFIZIOS DEL SEÑOR VISITADOR GENERAL DN.
                                        JORGE DE ESCOBEDO.


                                             OFICIO


                    Señor Comisario de Guerra del Cuzco Dn. Josef Lagos.
                    Yncluyo a Vm. copia certificada de la respuesta que dió el Señor Fiscal
            de S. M. con fecha de 19 de Julio próximo, y de Decreto de hoy proveído en su
            Vista sobre el consumo que haya tenido el fierro que se expresa, y parece per-
            tenecía al difunto Corregidor de la Provincia de Quispicanche Don Fernando
            Cabrera, a fin de que impuesto Vm. de lo que pide el mismo Sor. Fiscal en el
            último punto de su citada respuesta, evacue el Informe que se indica con la
            justificación que corresponde y enuncia el propio Señor Ministro. Dios guarde
            a Vm. muchos años. Lima, 7 de Agosto de 1782.— (fdo.) Jorge Escobedo.

            COPIA
                    Señor Visitador Superintendente Gral.— El Fiscal, visto este expe-
            diente promovido por parte de Don Juan Sabugo sobre que se le satisfaga el
            importe del fierro, y Platillas que supone se recivieron en los Almacenes del
            Cuzco como pertenecientes al Correxidor que fué de Quispicanchi don Fer-
            nando Cabrera, y empleó en Rejones el Correxidor de Paruro Don Manuel
            de Castilla dice: que la pertenencia de ese Fierro a Cabrera no tiene toda la
            justificación necesaria, por ni el referido Correxidor de Paruro en su certifi-
            cación de fs. asienta como supo, o le constó que las cargas que se tomaron en
            Pilpinto pertenecían a Cabrera, ni los Correxidores don Josef Acuña, y Don
            Francisco de Laysequilla en sus informes de f., y f. no aseguran de positibo
            sino por oidas, y de voz común. En cuya duda, y como tomadas a los enemigos
            que pudieron hacer a distintas Personas, y en diversos parages muchos robos
            de la misma clase de efectos, o tenerlos de antemano comprados, no puede
            de pronto accederse a la solicitud de esta parte, quien deverá justificar más en
            forma su instancia, conviniendo del mismo modo averiguar el consumo que
            haiga tenido ese fierro, así en el Cuzco como en Paruro con justificación de
            que si los útiles en que se convirtió se utilizaron, o volvieron a los Almacenes
            de que deve estar instruída la Comisaría de Guerra del Cuzco parece oportu-
            no se sirva V. S. expedir orden para que informe con la justificación necesaria.



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