Page 714 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Volumen 1
Oficio de visita de Jorge de Escobedo
De todo lo que he ido refiriendo de mi visita en Potosí tengo remitidos
á V, E. testimonios é informes que no he citado, porque bastará hacerlo del
núm. 142 de aquella correspondencia, pues con él fueron la instruccion que
dejé á mi sucesor con los inventarios, índices, estados y demas documentos
que comprueban la exactitud de estas noticias, y ahora he vuelto á renovar,
más que por mi propia satisfaccion, por la que considero tendrá el Rey y V. E.
al ver reunidos todos los frutos de la visita, con que se evidencian su necesidad
y el acierto de las sábias instrucciones que se dieron para su desempeño.
Cumplimiento del art.46 de la Instruccion de visita.- En el art. 46 de
ella, modo con que habia de procederse en esta comision, y creo que V. E. la ha
visto fielmente ejecutada por la justificacion con que he procedido y usado de
las ámplias facultades de mi carácter, siendo el testimonio que más lo acredita
las pocas ó ningunas quejas que ha habido contra mis providencias de visita.
Propios y arbitrios de todo el reino, su aumento, reforma, y creacion de
la contabilidad general verificada con el plan de intendencias en el cumplimien-
to del art. 47 de la Instruccion de visita.- En encargo del art. 47 de su Instruc-
cion sobre el arreglo de propios y arbitrios de los pueblos era muy preciso,
porque estos ramos, de suyo bien escasos, lo eran más por el abandono con
que se han cuidado, y aunque mi antecesor empezó á promover su reforma,
quedó ésta en embrion, y sólo en esta capital puso al cuidado de la aduana el
ramo de sisa de que ántes hablé, y el de mojonazgo, pero quedó en pié el des-
órden, y así, aunque por aquel medio subieron estas entradas, su inversion no
fué más útil y justificada que hasta entónces, y considerando yo que este nece-
sario y urgente arreglo tenía su propio lugar en el plan de intendencias, cuya
ordenanza facilita los medios de conseguirlo para obviar disputas que conocia
muy posibles, creí prudente esperar esta oportunidad, y sólo en la ciudad de
Trujillo oproveché la que se me presentó en algunas quejas para entablar el
arreglo que con el número 180 noticié á V. E.
Llegó á verificarse el establecimiento de intendencias, y logré entónces
mis deseos y el exacto cumplimiento del art. 47, porque establecí la contaduría
general de propios y arbitrios, que hasta ahora continúa con un sólo oficial,
porque sus tareas áun son reducidas, atento á lo poco que todavía dan que
hacer los de las otras intendencias, por cuyo motivo, y el de economizar los
gastos, y arreglarlos al producto y ocupaciones con verdadero conocimiento
de las que ocurran, se ha suspendido la dotacion de manos, que podrá hacerse
por la superintendencia ó junta superior sin necesidad de la visita, y en esta
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