Page 665 - La Rebelión de Tupac Amaru Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
conocer la justicia con que clamaba por manos subalternas, y para deliberar
con más acierto, previne me informára ó hiciera sus propuestas, sin aligerarse
ni embarazarse con las providencias que tanto por mi antecesor como por mí
se habian dado, y podria desde luégo contradecir en lo que hallase justo; y ex-
tendido con esta libertad los informes, convine en el aumento que se solicitaba
de subalternos aprovechando la ocasion de poderlo hacer sin gravámen del
Erario por los ahorros que se le proporcionaron en otros sueldos, segun veria
V. E. en los documentos que acompañaron á mi informe núm. 416; pero áun
así me quedó siempre el escrúpulo de que el tribunal necesitaba otra reforma
más substancial en los contadores ordenadores que por reglamento de mi an-
tecesor se habian puesto, y yo consideraba inútiles cuando las cuentas deben
venir ordenadas, y si no lo vienen, pagar los culpados este trabajo á las mismas
manos que estando ya dotadas por el Rey, sólo servian aquel destino.
Por no proceder con ligereza, fuí reservando esta observacion, y ade-
lantándola con la experiencia de los trabajos que mensualmente se vencen
en el tribunal para cada uno de sus individuos, segun la razon que de esta y
demas oficinas he dispuesto se me pase para estar atento sobre todas; y con-
vencido por este principio, y el informe del mismo tribunal, de las inutilidades
de los cinco contadores ordenadores, y falta que por otra parte hacian algunos
de resultas, resolví la extension de aquéllos, subrogando en su lugar tres de
los últimos, y haciendo otras variaciones, que al mismo tiempo que ceden en
beneficio del Erario, han puesto al tribunal en su último arreglo y expedicion,
á lo ménos miéntras llega la nueva planta que, segun lo insinúa la Real orde-
nanza de intendencias, ha resuelto S. M. darle; y como hoy remito á V. E. con
el núm. 564 el testimonio de esta providencia y sus antecedentes, bastará insi-
nuarla aquí para completar las que como visitador y superintendente he dado
en el tribunal, dejándolo ya arreglado, y cumplido por mi parte el encargo que
á este fin me hizo al artículo 3° de las instrucciones de visita.
Dase razon de la sala de ordenanzas, en desempeño del artículo de la ins-
truccion de visita.- La sala de ordenanzas, de que habla el art. 4° de la misma
instruccion, entró tambien á la parte en mis cuidados; pero cuando habia em-
pezado á promoverlos y tenía ya formado expediente con razon de los asuntos
de justicia que allí estaban atrasados, me llegó la Real órden de 29 de Octubre
de 28, en que se declara al Virey la facultad de nombrar los ministros que la
deben componer y pasándome aquel jefe oficio, dejé en sus manos este punto,
sin que jamas se me volviese á hablar de él; pero á costa de mis fatigas tuvieron
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