Page 458 - Debate Constitucional 1993 - Tomo I
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No quiero hacer referencia en este momento de El señor PRESIDENTE. Puede interrum-
los pensionistas del Estado que están en el régi- pir, señor Jorge Figueroa Vizcarra.
men de la Ley Nº 20530. Si hubiera tiempo, con
la venia de mis colegas de bancada, en nombre El señor FIGUEROA VIZCARRA (NM-C90).
del FIM, estaría abordando también ese tema. Muchas gracias, señor Cuaresma.
Sin embargo, quiero señalar que los artículos 8º, Yo quisiera manifestar que es muy loable el pe-
9º y 10º del proyecto de Constitución del ofi- dido del señor Cuaresma Sánchez en el sentido
cialismo de ninguna manera garantizan y que de querer garantizar; pero es muy fácil garanti-
escuche el país que los pensionistas actual- zar cuando...
mente más de seiscientas mil personas que han
laborado por el progreso del Perú y que tienen El señor PRESIDENTE. Se está entrando
más de sesenta y cinco años de edad mejoren al cuarto turno.
su situación.
El señor FIGUEROA VIZCARRA (NM-C90).
Es una condena al olvido, a la marginación y a la ... sabemos que algunas posiciones o creencias
postración, porque no se contempla una pensión no se cumplen en la realidad.
mínima de jubilación o cesantía ni hay mecanis-
mos de reajuste. El Estado quiere deshacerse de Estoy hablando claramente de algunos aspectos
su obligación de velar por la seguridad social y fundamentales, como lo son las contingencias.
le echa la culpa al sector privado. El Instituto
Peruano de Seguridad Social ha dejado de ser Cuando hablamos de que la seguridad social no
un organismo autónomo, como lo decía la Cons- existe realmente en el país, sino más bien un
titución de 1979. seguro social, claramente se denotan ciertas con-
tingencias fundamentales. Y cuando hablamos
También quiero referirme a lo siguiente. No se de contingencias tenemos que referirnos, por
especifica y esto es lo peor si la familia ya ejemplo, al derecho a que el trabajador pueda
sea la del asegurado o la del aportante tiene ser apoyado cuando no tiene empleo, y eso no
derecho a seguridad social o no, y menos aún si existe en el Perú; sí existe en otros países. Nues-
hay derecho a pensión de sobreviviente. Sólo se tra Constitución no puede garantizar aquello que,
quiere amparar mínimamente al aportante; pero por el desarrollo y las limitaciones económicas
no a la viuda ni al viudo ni a los hijos. Eso es lo del país, no va a poder apoyar.
más grave y peligroso.
En ese sentido, creo que el Estado no puede ga-
En nombre del Frente Independiente Moraliza- rantizar algo que él mismo no puede ofrecer; pero
dor, quiero plantear algunos aportes que ojalá la sí creo que debe reconocer que todo peruano debe
Comisión de Constitución, con sensibilidad, con acceder al servicio del seguro social.
serenidad y con profunda reflexión, asumiendo
el compromiso que hicieron en mi tierra, pueda El señor PRESIDENTE. Continúe, señor
recoger. Son algunas sugerencias que, como opo- Cuaresma Sánchez.
sición pensante, queremos aportar.
El señor CUARESMA SÁNCHEZ (FIM).
Espero que el doctor Carlos Torres y Torres Lara Espero que la Comisión correspondiente pueda
tenga la generosidad en nombre de aquellos también tomar en cuenta la posición de la mino-
marginados y olvidados de los pueblos del inte- ría.
rior del país de tomar en cuenta que en el ar-
tículo 8º, que dice "El Estado reconoce", se diga Dice el artículo 9º: "El Estado garantiza el libre
"El Estado garantiza". Es fácil reconocer en el acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a
papel sí, te reconozco el derecho acá; pero través de sistemas públicos, privados o mixtos.
no garantizar. Supervisa su eficaz funcionamiento". Pido que
se agregue lo siguiente: "Se reconoce la autono-
"El Estado garantiza el derecho universal y pro- mía del Instituto Peruano de Seguridad Social,
gresivo de toda persona a la seguridad social, para dirigido y administrado por los aportantes". Los
su protección frente a las contingencias que de- aportantes son, finalmente, la razón de la exis-
termine la ley y para la elevación de su calidad tencia de una institución como el Seguro Social.
de vida". Quiero que se agregue: "y garantiza su
financiamiento". En este mismo artículo, para proteger a la fami-
lia en aspectos de seguridad social, el FIM pro-
Le concedo una breve interrupción al señor pone que se añada: "Las prestaciones de salud
Figueroa Vizcarra. alcanzan por igual a los dependientes del ase-
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