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sector público, que a la fecha de vigencia de la presente ley ocupa una plaza orgánica
               presupuestada por un periodo no menor de tres años consecutivos o cuatro años alternos,
               previa  verificación  del  cumplimiento  para  los  perfiles  establecidos  por  la  normatividad
               pertinente  para    cada  plaza,  siempre  que  la  entidad  no  haya  aprobado  su  cuadro  de
               puesto de entidad en el marco de la ley...

               El  señor  PRESIDENTE  (Daniel  Salaverry  Villa).—  Haga  uso  de  la  segunda  interrupción,
               congresista Salazar.

               La señora SALAZAR DE LA TORRE (FP).— Ley del servicio civil.


               La  implementación  de  la  presente  disposición  se  financia  con  cargo  a  los  recursos  del
               presupuesto institucional de cada entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro
               Público.

               Para tales efectos de lo establecido de la presente disposición exceptúe de las entidades
               al gobierno nacional,  gobiernos regionales y  gobiernos locales de lo establecido en el
               artículo 8 de la presente ley.

               Presidente,  esta  disposición  complementaria  va  a  beneficiar  a  27  380  trabajadores
               administrativos de los gobiernos locales, regionales y nacional.

               Muchas gracias, presidente, y colegas.


               El  señor  PRESIDENTE  (Daniel  Salaverry  Villa).—  Congresista  Sarmiento,  para    que
               continúe.

               El señor SARMIENTO BETANCOURT (FP).— Gracias, Presidente.

               Presidente,  voy  a  dar  lectura  nuevamente  a  una  disposición  complementaria  que  dice
               referencia al decreto legislativo 1153, por haber sufrido modificaciones.

               "Autorizase a la entidad de la que se aplica el Decreto Legislativo 1153 a que el personal
               de la salud que durante el periodo comprendido del 13 de setiembre de 2013 al 13 de
               julio  de  2018  perciba,  uno,  por  concepto  de  compensación  por  tiempo  de  servicio  el
               equivalente  del  100%  de  promedio  mensual  del  monto  resultante  de  la  valorización
               principal que le fueron pagadas en cada mes durante los últimos 36 meses de servicio,
               efectivamente prestado, por cada de servicio efectivamente prestado.


               En caso la antigüedad del servicio efectivamente prestado sea menor a 36 meses se hace
               cálculo de manera proporcional.


               Segundo, una asignación económica equivalente a dos y tres, valorizaciones principales
               mensuales por cumplir 25  y 30 años de servicio efectivo al Estado respectivamente.


               Tres. Un monto único de tres soles por concepto de sepelio y luto. La entrega de dichos
               conceptos es in compatible con otros de igual o similar naturaleza que se haya percibido.






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