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40% del monto consolidado queda afecto a cargas sociales y es de naturaleza
pensionable.
Lo dispuesto en el presente párrafo entra en vigencia al día siguiente de publicada la
presente ley.
La implementación de la presente disposición se financia con cargo al presupuesto
institucional del Poder Judicial y del Ministerio Público".
Igualmente, señor presidente, respecto a la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos - Sunarp, debo proponer: "Gestionar la aprobación de su escala remunerativa en
el marco de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto.
Para efectos de implementar lo dispuesto en la presente disposición, exonérese a la
Sunarp de lo establecido en los artículos 6 y 9 de la presente ley".
Muchas gracias, señor presidente.
El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Gracias, congresista.
Tiene la palabra el congresista Wuilian Monterola.
El señor MONTEROLA ABREGÚ (FP).— Muchas gracias, Presidente.
La congresista Karina Beteta me pide interrupción, presidente.
El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Congresista Beteta, ¿una o dos
interrupciones?
La señora BETETA RUBÍN (FP).— Las dos.
El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Haga uso de las dos interrupciones,
congresista Beteta.
La señora BETETA RUBÍN (FP).— Gracias, Presidente.
Por su intermedio, aprovechando la presencia del ministro de Justicia, ya que este es un
pedido que va a para su sector.
Presidente, solicito que en una disposición complementaria: "Exonérese a la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de la prohibición dispuesta en los
artículos 6 y 8 de la presente Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2019 con la finalidad de incorporar registradores públicos y asistentes registrales no
contempladas en la normatividad vigente y que, además, permita la creación de la Zona
Registral Sede Huánuco como zona desconcentrada de la Superintendencia Nacional de
los Registros Públicos - Sunarp, autorizando su implementación económica, financiera y
administrativa con sus propios recursos, sin demandar presupuesto adicional al Tesoro
Público.
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