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Primera LegisLatura Ordinaria de 2017 - Diario de los Debates     25
                  te, cuyos montos ascienden, cada uno, hasta la   del Magisterio Nacional, así como del personal
                  suma de S/ 300,00  (TRESCIENTOS  Y 00/100   egresado de las escuelas de las Fuerzas Armadas
                  SOLES).                                     y la Policía Nacional del Perú y de la Academia
                                                              Diplomática y de los médicos cirujanos del Insti-
                  b)  La  bonificación  por  escolaridad,  que  se  in-  tuto de Medicina Legal y Ciencias Forenses del
                  cluye en la planilla de pagos correspondiente a   Ministerio Público.
                  enero y cuyo monto asciende hasta la suma de S/
                  400,00 (CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES).      c) La contratación para el reemplazo por cese,
                                                              para la suplencia temporal de los servidores del
                  7.2. Las entidades públicas que cuenten con per-  Sector Público, o para el ascenso o promoción del
                  sonal del régimen laboral de la actividad privada   personal, en tanto se implemente la Ley 30057,
                  se sujetan a lo establecido en la Ley 27735, para   Ley del Servicio Civil, en los casos que corres-
                  abonar las gratificaciones correspondientes por   ponda. En el caso de los reemplazos por cese del
                  fiestas  patrias  y  navidad  en  julio  y  diciembre,   personal, este comprende al cese que se hubiese
                  respectivamente.  Asimismo,  otorgan  la  bonifi-  producido a partir del año 2016, debiéndose to-
                  cación por escolaridad hasta por el monto seña-  mar en cuenta que el ingreso a la administración
                  lado en el literal b) del numeral 7.1, salvo que,   pública se efectúa necesariamente por concurso
                  por disposición legal,  vengan entregando  un   público de méritos y sujeto a los documentos de
                  monto distinto al señalado en el citado literal.  gestión respectivos. En el caso del ascenso o pro-
                                                              moción del personal las entidades deben tener
                  7.3. Los trabajadores contratados bajo el Ré-  en cuenta, previamente  a la realización  de di-
                  gimen Laboral Especial del Decreto Legislati-  cha acción de personal, lo establecido en el lite-
                  vo 1057, en el marco de la Ley 29849, perciben   ral b) de la tercera disposición transitoria de la
                  por concepto de aguinaldo por fiestas patrias y   Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de
                  navidad, que se incluyen en la planilla de pagos   Presupuesto. En el caso de suplencia de perso-
                  correspondiente a julio y diciembre, respectiva-  nal, una vez finalizada la labor para la cual fue
                  mente, hasta el monto al que hace referencia el   contratada la persona, los contratos respectivos
                  literal a) del numeral 7.1 del presente artículo.   quedan resueltos automáticamente.
                  Para tal efecto, dichos trabajadores deben estar
                  registrados en el Aplicativo Informático para el   El ascenso o promoción al que se refiere el pre-
                  Registro Centralizado de Planillas y de Datos de   sente  literal,  para el  caso de los docentes uni-
                  los Recursos Humanos del Sector Público a cargo   versitarios, solo es aplicable para aquellas uni-
                  de la Dirección General de Gestión de Recursos   versidades  que  se  encuentren  en  proceso de
                  Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas.  constitución o hayan concluido con el proceso de
                                                              adecuación del gobierno de la universidad públi-
                               Subcapítulo III                ca, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 y la
                                                              primera disposición complementaria transitoria
                     Medidas de austeridad, disciplina y      de la Ley 30220, Ley Universitaria.
                         calidad en el Gasto público
                                                              d)  El  nombramiento  en  plaza  presupuestada
                  Artículo 8. Medidas en materia de perso-    cuando se trate de docentes universitarios. Lo
                  nal                                         establecido en el presente literal sólo es aplica-
                                                              ble para aquellas universidades que se encuen-
                  8.1. Prohíbese el ingreso de personal en el Sec-  tren en proceso de constitución o hayan conclui-
                  tor Público por servicios personales y el nom-  do con el proceso de adecuación del gobierno de
                  bramiento, salvo en los supuestos siguientes:  la universidad pública, conforme a lo dispuesto
                                                              en el artículo 29 y la Primera Disposición Com-
                  a) La designación en cargos de confianza y de di-  plementaria  Transitoria  de la Ley 30220,  Ley
                  rectivos superiores de libre designación y remo-  Universitaria, respectivamente.
                  ción, conforme a los documentos de gestión de la
                  entidad, a la Ley 28175, Ley Marco del Empleo   e) La asignación de gerentes públicos, conforme
                  Público, y demás normativa sobre la materia, en   a la correspondiente certificación de crédito pre-
                  tanto se implemente la Ley 30057, Ley del Ser-  supuestario otorgada por la entidad de destino
                  vicio Civil, en las respectivas entidades.  y de la Autoridad Nacional  del  Servicio  Civil
                                                              (Servir), con cargo al presupuesto institucional
                  b)  El  nombramiento  en  plaza  presupuestada   de dichos pliegos, y hasta la culminación del pro-
                  cuando se trate de magistrados del Poder Judi-  ceso de implementación de la Ley 30057, Ley del
                  cial, fiscales del Ministerio Público, profesores   Servicio Civil, en las respectivas entidades.


                                                                20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017 - Diario de los Debates
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