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1900 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii
en el nivel institucional, las que se aprueban de Financiamiento de la Actividad Empresarial
mediante decreto supremo refrendado por el del Estado – FONAFE, y de la empresa de Ad
ministro de la Producción y el ministro de Eco ministración de Infraestructura Eléctrica S.A.
nomía y Finanzas, a propuesta del titular del – ADINELSA, en el marco de lo establecido en
pliego que transfiere el recurso. Para el caso de el artículo 9 de la Ley 28749, Ley General de
las entidades del Poder Ejecutivo, dicho decre Electrificación Rural, y su reglamento.
to supremo debe ser refrendado, además, por el
ministro del Sector al que pertenezca la entidad Las referidas transferencias financieras se auto
que transfiere los recursos. rizan mediante resolución del titular del pliego,
que se publica en el diario oficial El Peruano,
Para el caso de los gobiernos regionales y go previa suscripción de convenios, celebrados en
biernos locales, las transferencias de recursos tre el Ministerio de Energía y Minas y las em
se efectúan a través de transferencias finan presas involucradas, quedando prohibido bajo
cieras, las que se aprueban mediante acuerdo responsabilidad, destinar los recursos autoriza
de Consejo Regional o Concejo Municipal, res dos por la presente disposición a fines distintos
pectivamente. El acuerdo del Consejo Regional para los cuales son transferidos.
se publica en el diario oficial El Peruano, y el
acuerdo del Concejo Municipal se publica en su Las citadas empresas, que reciben las transfe
página web. rencias financieras en el marco de lo establecido
en la presente disposición, informan al Minis
Las modificaciones presupuestarias en el nivel terio de Energía y Minas los avances físicos y
institucional, así como las transferencias finan financieros de la ejecución de dichos recursos,
cieras autorizadas por la presente disposición, con relación a su cronograma de ejecución y a
se aprueban previa suscripción de convenio y las disposiciones contenidas en los convenios y/o
requiriéndose el informe favorable previo de la adendas correspondientes.
oficina de presupuesto o la que haga sus veces
del pliego que transfiere el recurso. Cada pliego CUADRAGÉSIMA SEGUNDA. Autorízase,
presupuestario que efectúa modificaciones pre durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de
supuestarias en el nivel institucional o transfe Energía y Minas, con cargo a los recursos de
rencias financieras, según corresponda, es res su presupuesto institucional, pudiendo incluir
ponsable de la verificación y seguimiento, lo que saldos de balance que dicho Ministerio previa
incluye el monitoreo financiero de los recursos mente incorpora en su presupuesto institucio
transferidos; y del cumplimiento de las acciones nal, para efectuar las siguientes transferencias
contenidas en el convenio, para lo cual realiza el financieras:
monitoreo correspondiente.
a) A favor de los gobiernos regionales, cuyos re
Asimismo, la aplicación de lo establecido en esta cursos son destinados a financiar exclusivamen
disposición se financia con cargo al presupuesto te, a las direcciones o gerencias regionales de
institucional de las entidades del Gobierno Na Energía y Minas de dichos gobiernos regionales
cional, gobiernos regionales y gobiernos locales, con el objeto de financiar el fortalecimiento de
sin demandar recursos adicionales al Tesoro la capacidad de gestión regional en el ejercicio
Público, conforme a sus competencias y en el de las funciones en materia minero energética,
marco de las Leyes Anuales de Presupuesto. así como para la compra de equipos de medición,
monitoreo y fiscalización, en el marco del proce
CUADRAGÉSIMA PRIMERA. Autorízase, so de descentralización, hasta por el monto de
durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100
Energía y Minas para efectuar transferencias SOLES).
financieras con cargo a los recursos de su pre
supuesto institucional, pudiendo incluir saldos b) A favor de los gobiernos regionales con el ob
de balance por la fuente de financiamiento jeto de continuar la formalización de la activi
Recursos Directamente Recaudados que di dad minera a pequeña escala.
cho ministerio previamente incorpora en su
presupuesto institucional, correspondiente a c) A favor del Instituto Peruano de Energía Nu
la Unidad Ejecutora 005 Dirección General de clear (IPEN) hasta por el monto de S/ 23 832
Electrificación Rural (DGER), a favor de las 020,00 (VEINTITRÉS MILLONES OCHO
empresas concesionarias de distribución eléc CIENTOS TREINTA Y DOS MIL VEINTE Y
trica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional 00/100 SOLES), que se destinan para:
Diario de los Debates - 20 B sesión (matinaL) 28-11-2016
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