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El señor CARRILLO CAVERO (NGP).— Señor Presidente, pido que le conceda una
interrupción al congresista Zerillo.
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Tiene la interrupción, congresista Manuel
Zerillo.
El señor ZERILLO BAZALAR (NGP).— Presidente, es para que el presidente de la Comisión
incluya una propuesta para que se autorice al Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento realizar sus intervenciones a través de núcleos ejecutores en el Proyecto
Huaros; es decir, para que se construyan huaros a través de núcleos ejecutores. En tal
sentido, pido que en la septuagésima primera disposición complementaria final del
Proyecto de Ley de Presupuesto se incluya la autorización para infraestructura de huaros
en el marco de la trigésima cuarta disposición final de la Ley 30281 y se prorrogue hasta
el 31 de diciembre del año 2016.
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Concluyó el tiempo de la interrupción,
congresista.
Puede dar inicio a su intervención, congresista Hugo Carrillo.
El señor CARRILLO CAVERO (NGP).— Señor Presidente, por intermedio de usted quiero
presentar una propuesta legislativa que busca resolver la problemática que se generó a
un grupo de enfermeras que no fueron asimiladas en su oportunidad a la Policía
Nacional del Perú en el escalafón de oficiales de la PNP que les correspondía.
Este derecho viene siendo aplazado de Gobierno a Gobierno y hasta la fecha no se ha
dado una solución.
Este grupo de profesionales fue incorporado como personal civil de la Policía Nacional,
cuando lo que correspondía era, al haber cumplido los requisitos legales
correspondientes, su incorporación como personal de la carrera policial. En razón de ello,
la presente iniciativa busca subsanar este grave error que ha venido perjudicando a este
grupo de personas durante muchos años.
Dicha medida comprende la transferencia de aportes a la Caja de Pensiones Militar
Policial como consecuencia del reconocimiento de su incorporación a la carrera policial y
con el fin de proteger su derecho a pensión de jubilación. Esta medida se justifica por el
hecho de que estas profesionales enfermeras, al ser incorporadas a la carrera policial, no
podrían cumplir con el requisito mínimo de quince años de aporte que exige el actual
sistema de pensión militar policial para acceder a las pensiones.
El artículo que propongo es el siguiente:
“Artículo 10. Incorporación de enfermeras de la Policía Nacional del Perú.
Incorpórese excepcionalmente, por única vez, en el escalafón de Oficiales de Servicios de
la Policía Nacional del Perú, con el grado de ‘Mayor de Servicios PNP’, al personal
profesional civil nombrado enfermeras (os) PNP, que causaron alta en la institución a
mérito de la Resolución Ministerial 1260-95-IN/PNP y que en la actualidad se encuentran
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