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“Autorízase a los organismos del Sistema Electoral para exonerarse de lo dispuesto por el
               Decreto Legislativo N.° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento; o por
               la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, según corresponda; así como de la
               aplicación  del  Decreto  Legislativo  N.°  1057  y  modificatorias,  que  regulan  el  Régimen
               Especial  del  Decreto  Legislativo  N.°  1057,  a  efectos  de  realizar  la  contratación  de
               servicios necesaria a través de locación de servicios en el marco de lo establecido en el
               Código  Civil  para  los  procesos  electorales  a  realizarse  en  el  Año  Fiscal  2016.  Los
               organismos  quedan  facultados  a  brindar  a  los  locadores  talleres  informativos  para  el
               desarrollo de la prestación de servicios…”

               El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Continúe, congresista.


               El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— “… conforme a las necesidades propias de
               cada organismo electoral. La presente disposición es financiada con cargo al presupuesto
               institucional  de  dichos  organismos,  según  corresponda,  sin  demandar  recursos
               adicionales al Tesoro Público”.

               Señor Presidente, esa norma es importante, dado que en abril del año 2016 se llevarán a
               cabo  las  elecciones  generales  (presidenciales  y  congresales)  y  la  ONPE  y  el  Jurado
               Nacional  de  Elecciones,  a  fin  de  cumplir  con  su  función  y  asegurar  un  adecuado
               desarrollo  de  dicho  proceso  electoral,  requieren  contar  con  personal  capacitado  que
               trabaje en la conducción de dichos procesos.

               Señor  Presidente,  en  el  artículo  35  se  establece  un  convenio  del  Ministerio  de  Salud y
               EsSalud  con  la  Organización  Panamericana  de  Salud  y  Unicef;  pero  en  los  numerales
               siguientes solo se hace referencia al Ministerio de Salud y se deja de lado a EsSalud, por
               lo que solicito que en el numeral 35.2 se incorpore al Seguro Social de Salud (EsSalud),
               al igual que en el numeral 35.3…

               El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Concluya, congresista.


               El  señor  GASTAÑADUI  RAMÍREZ  (NGP).—  Y  que  en  el  numeral  35.3  también  se
               establezca  que  la  transferencia  se  aprueba  mediante  resolución  de  los  titulares  de  los
               pliegos de los ministerios de Salud y de Trabajo.


               Asimismo,  pido  que  se  incorpore  la  siguiente  disposición  complementaria  final:
               “Autorízase  excepcionalmente  al  Ministerio  del  Interior,  durante  el  año  fiscal  2016,  a
               efectuar  modificaciones  presupuestales  a  nivel  institucional  a  favor  del  pliego  Oficina
               Nacional  de  Gobierno  Interior  con  cargo  a  los  saldos  de  balance  por  la  fuente  de
               financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, que dicho Ministerio previamente
               incorpora  en  su  presupuesto  institucional,  hasta  por  un  monto  de  diecinueve  millones
               trescientos diecisiete mil y 00/100 soles (S/. 19 317 000,00)”.


               Todo eso estamos presentando al presidente de la Comisión.

               Muchas gracias, Presidente.

               El  señor  PRESIDENTE  (Luis  Iberico  Núñez).—  Tiene  la  palabra  el  congresista  Hugo
               Carrillo.


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