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—Se reanuda la sesión a las 18 horas y 56 minutos.
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Señoras y señores, se reanuda la sesión.
La Presidencia y la Mesa Directiva se complacen en expresar su más cordial saludo al
señor Pedro Cateriano Bellido, presidente del Consejo de Ministros, a los ministros de
Estado; al señor Víctor Ticona Postigo, presidente del Poder Judicial, y a los titulares de
los pliegos presupuestales de los órganos constitucionales autónomos.
Se va a dar lectura a la parte pertinente el artículo 80.° de la Constitución Política y de los
artículos 55.° y 81.° del Reglamento del Congreso.
El RELATOR da lectura:
"Constitucional Política del Perú
Artículo 80.°.— El Ministro de Economía y Finanzas sustenta, ante el Pleno del Congreso
de la República, el pliego de ingresos. Cada ministro sustenta los pliegos de egresos de
su sector, previamente sustenta los resultados y metas de la ejecución del presupuesto del
año anterior, y los avances en la ejecución del presupuesto del año fiscal
correspondiente. El Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación y el Presidente
del Jurado Nacional de Elecciones sustentan los pliegos correspondientes a cada
institución.
Si la autógrafa de ley de presupuesto no es remitida al Poder Ejecutivo hasta el treinta de
noviembre, entra en vigencia el Proyecto de éste, que es promulgado por decreto
legislativo.
[...]."
"Reglamento del Congreso de la República
Reglas de debate
Artículo 55.°.— En el debate de los asuntos contenidos en la agenda de las sesiones se
observan las siguientes reglas:
[...]
e) Cuando concurran los miembros del Consejo de Ministros u otros altos funcionarios del
Estado se aplicarán las siguientes reglas:
[...]
- Si se trata del debate y la sustentación del Presupuesto, el Presidente dará el uso de la
palabra en primer término al Ministro de Economía y Finanzas para que sustente el pliego
de ingresos sin límite de tiempo, y a cada uno de los ministros para que sustente el pliego
de egreso de su sector por un tiempo no mayor a 30 minutos, o de acuerdo al rol
prefijado por el Consejo Directivo en coordinación con el Presidente del Consejo de
Ministros. Del mismo modo se procederá, cuando toque el turno al presidente de la Corte
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