Page 123 - 2014\Sustentación-2014\Sustentacion(1)
P. 123
Reitero: los recursos del Fonavi fueron aportados por los trabajadores, los empleadores; y
el Tribunal Constitucional ha señalado claramente que corresponde a los trabajadores la
devolución de los recursos que aportaron directamente, correspondiendo que los aportes
de los empleadores formen parte de un fondo solidario y común para fines de vivienda de
los fonavistas. Entonces, los titulares son los fonavistas y no el Estado. Eso por un lado.
Por otro lado, hay que resaltar que, conforme a la Ley 29625, los recursos del Fonavi son
administrados directamente por una comisión ad hoc; esta se encarga de la
administración y recuperación de las acreencias, fondos y activos del Fonavi, así como de
los pasivos. Esta comisión tiene plena autonomía, y su objetivo central es lograr la
devolución a los trabajadores que aportaron a este fondo.
Entonces, hay que distinguir recurso público de recurso privado para uso privado.
Acordémonos que la Ley General de Presupuesto, Ley 28411, establece que los fondos
públicos se orientan a la atención de gasto público, no a la devolución a un trabajador.
En resumen, no se encuentra una partida porque esto es extrapresupuestal; son recursos
privados que se pagan directamente al trabajador.
Los recursos del Fonavi son propiedad de terceros, son administrados directa y
autónomamente por una comisión ad hoc y no están destinados a financiar gastos
públicos. Entonces, no deben estar en la Ley de Presupuesto.
Dicho esto, ¿cuáles son los siguientes pasos que se han dado? Porque también la Ley de
Presupuesto vigente de este año dio un plazo, al 31 de agosto, que ya se venció, para el
registro y presentación de la historia laboral de los trabajadores que hubiesen aportado al
Fonavi.
Con esa información, la comisión ad hoc está elaborando las cuentas individuales;
porque lo que dice la ley, y es taxativo, es que se devuelven cuentas individuales a los
trabajadores que aportaron y contribuyeron a ese fondo.
Actualmente se encuentran en etapa de constitución las cuentas individuales por
fonavista, y se viene revisando y validando la información presentada a fin de obtener los
periodos aportados.
La comisión ad hoc está aprobando semestralmente el padrón de beneficiarios respecto
de aquellos que hubiese validado la información presentada y, como la ley manda,
autorizando a aquellos mayores de 65 años o personas con discapacidad y una orden de
prelación.
Esta comisión va a comenzar a emitir certificados de reconocimiento de aportaciones y
derechos del fonavista, y acá se establece el valor que le corresponde ser devuelto a cada
trabajador.
El primer padrón y pago será realizado por la comisión ad hoc antes que acabe el
presente año. El monto a devolver de manera individual se calcula por periodo aportado,
considerando el fondo a devolver, la cantidad de registrados y el promedio de
aportaciones.
123