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El señor ZEBALLOS SALINAS (SN).— Presidente, reitero nuestro fraternal saludo a la
señora presidenta del Consejo de Ministros, Ana Jara, y al señor ministro de Economía.
Después de haber compartido las interesantes apreciaciones de orden general vertidas
por los colegas, a mí me corresponde dar una apreciación de orden personal. Soy
representante de la región Moquegua, y en el proyecto de Presupuesto que ha sido
finalmente ratificado en el dictamen hay una disposición —me refiero a la sexagésima
segunda disposición complementaria final— por la que se está disponiendo que se
entregue a título gratuito el aeropuerto de Moquegua de Corpac al Ministerio de
Defensa. Estamos hablando de un espacio físico de alrededor de 20 hectáreas.
Quiero, en primer lugar, entrar en una apreciación técnico presupuestal. El señor
presidente de la Comisión de Presupuesto, cuando empezó su exposición, nos dio una
apreciación conceptual. El Presupuesto del sector público es el instrumento de gestión del
Estado por el cual se presentan los ingresos públicos que van a financiar los gastos
cuantificados. Ingresos y gastos. Y la pregunta inmediata es: ¿Qué hace aquí una
transferencia vía donación de un terreno?
En segundo lugar, quiero hacer una apreciación dogmática. El Presupuesto es un
instrumento de política fiscal que auspicia la redistribución eficiente del gasto. ¿Qué de
gasto tiene la donación de un terreno? Más aún, si nos remitimos a la ley 28411, Ley
General del Sistema de Presupuesto, vemos que esta dice: “La Ley de Presupuesto del
Sector Público contiene exclusivamente disposiciones de orden presupuestal”. Y la
donación de una propiedad inmobiliaria no tiene nada que ver con la materia
presupuestal.
Ahora quiero entrar en una argumentación de orden legal. Aun pasando por estas
apreciaciones iniciales, este tipo de donación no ha sido autorizada por el Fonafe. El
Fonafe es una entidad estatal privada sometida al régimen de sociedad anónima. Una
donación depende del Fonafe. No hay autorización.
Tampoco hay opinión del área especializada, que es la Superintendencia de Bienes
Nacionales. Menos aún a la parte más interesada, la afectada, que es Corpac, se le
recabado opinión alguna.
A efectos de ello se ha emitido el Decreto Supremo 019-2007-MTC, del Ministerio de
Transportes en el que se hace una clasificación de la infraestructura aeroportuaria. El
aeropuerto de Moquegua no califica ni como aeropuerto nacional, menos regional y
menos local.
Se ha emitido la Resolución Directoral 088-2007, también del Ministerio de Transportes,
por la cual se declara la clausura de este aeropuerto por —se dice— estar en estado de
abandono y por falta de seguridad en las operaciones aeronáuticas. Premunido de esta
argumentación, el alcalde provincial de Mariscal Nieto ha aprobado, tres meses atrás, el
Plan Director Moquegua-Samegua, por el que ese espacio físico de 20 hectáreas está
destinado a zona de expansión urbano comercial.
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Tiene tiempo adicional,
congresista Zeballos.
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