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compromiso, y en que son proyectos de impacto regional. Por eso, pido que se declaren
de necesidad pública y que el presidente de la Comisión de Presupuesto los recoja.
Pido, asimismo, que se incluyan los proyectos de inversión pública con los siguientes
códigos de SNIP: 216284, 258019, 227785 y 240156.
Quiero concluir estrictamente en el marco de la necesidad que tiene la población
tumbesina. Pido al presidente de la Comisión de Presupuesto que a través de
disposiciones del proyecto de Ley de Presupuesto sean atendidos las personas con
discapacidad. Estrictamente se debe decir.
“Autorizase a partir del año 2015 al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
para otorgar la subvención económica con carácter de inembargable, no heredable y no
sujeta al pago de devengados…”
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Termine, congresista Merino.
El señor MERINO DE LAMA (APFA).— “… a las personas con discapacidad que cumplan
con los requisitos planteados en la ley antes mencionada y su reglamento. El monto,
criterios y condiciones para el otorgamiento de la pensión no contributiva son aprobados
mediante decreto supremo, refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y la
ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a propuesta de esta última.
La aplicación de lo establecido en la presente disposición se financia con cargo al
presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.”
También quiero pedir sobre dos aspectos fundamentales que son del ámbito nacional.
El primero es el nombramiento de hasta el 20% de la población económicamente activa,
definida a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153. Me refiero al artículo 8
del proyecto de Ley de Presupuesto para el año 2015, en que debe hacerse el agregado
en el respectivo literal. Este nombramiento debe incluir también al personal de salud
contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728 que presta servicio bajo la
modalidad de administración compartida a través de las CLAS.
El segundo es que se añada una disposición complementaria final que autorice a los
pliegos Gobierno Regional y Ministerio de Agricultura para que mediante una resolución
del titular del pliego se reajuste las escalas salariales de los proyectos especiales que
pertenecieron al Instituto Nacional de Desarrollo y que fueron transferidos a los gobiernos
regionales y el Ministerio de Agricultura y Riego, con cargo…
El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Concluya, congresista Merino.
El señor MERINO DE LAMA (APFA).— … con cargo a sus respectivos presupuestos sin
demandar recursos adicionales al tesoro público, y previo informe favorable de la
Gerencia de Presupuesto de los pliegos presupuestales respectivos, quedando
exceptuados para este último efecto de las disposiciones contenidas en el artículo 6 de la
presente Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.
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