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compromiso, y en que son proyectos de impacto regional. Por eso, pido que se declaren
               de necesidad pública y que el presidente de la Comisión de Presupuesto los recoja.


               Pido,  asimismo,  que  se  incluyan  los  proyectos  de  inversión  pública  con  los  siguientes
               códigos de SNIP: 216284, 258019, 227785 y 240156.

               Quiero  concluir  estrictamente  en  el  marco  de  la  necesidad  que  tiene  la  población
               tumbesina.  Pido  al  presidente  de  la  Comisión  de  Presupuesto  que  a  través  de
               disposiciones  del  proyecto  de  Ley  de  Presupuesto  sean  atendidos  las  personas  con
               discapacidad. Estrictamente se debe decir.


               “Autorizase  a  partir  del  año  2015  al  Ministerio  de  la  Mujer  y  Poblaciones  Vulnerables
               para otorgar la subvención económica con carácter de inembargable, no heredable y no
               sujeta al pago de devengados…”

               El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Termine, congresista Merino.


               El señor MERINO DE LAMA (APFA).— “… a las personas con discapacidad que cumplan
               con  los  requisitos  planteados  en  la  ley  antes  mencionada  y  su  reglamento.  El  monto,
               criterios y condiciones para el otorgamiento de la pensión no contributiva son aprobados
               mediante  decreto  supremo,  refrendado  por  el  ministro  de  Economía  y  Finanzas  y  la
               ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a propuesta de esta última.

               La  aplicación  de  lo  establecido  en  la  presente  disposición  se  financia  con  cargo  al
               presupuesto institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.”

               También quiero pedir sobre dos aspectos fundamentales que son del ámbito nacional.


               El primero es el nombramiento de hasta el 20% de la población económicamente activa,
               definida a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153. Me refiero al artículo 8
               del proyecto de Ley de Presupuesto para el año 2015, en que debe hacerse el agregado
               en  el  respectivo  literal.  Este  nombramiento  debe  incluir  también  al  personal  de  salud
               contratado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728 que presta servicio bajo la
               modalidad de administración compartida a través de las CLAS.

               El  segundo  es  que  se  añada  una  disposición  complementaria  final  que  autorice  a  los
               pliegos Gobierno Regional y Ministerio de Agricultura para que mediante una resolución
               del  titular  del  pliego  se  reajuste  las  escalas  salariales  de  los  proyectos  especiales  que
               pertenecieron al Instituto Nacional de Desarrollo y que fueron transferidos a los gobiernos
               regionales y el Ministerio de Agricultura y Riego, con cargo…

               El señor PRESIDENTE (Norman David Lewis Del Alcázar).— Concluya, congresista Merino.


               El señor MERINO DE LAMA (APFA).— … con cargo a sus respectivos presupuestos sin
               demandar  recursos  adicionales  al  tesoro  público,  y  previo  informe  favorable  de  la
               Gerencia  de  Presupuesto  de  los  pliegos  presupuestales  respectivos,  quedando
               exceptuados para este último efecto de las disposiciones contenidas en el artículo 6 de la
               presente Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.




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