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Mayores  a  35  UIT  hasta  50  12,500.00
                             UIT



               Los  valores  antes  indicados  podrán  ser  actualizados  mediante  decreto  supremo
               refrendado  por  el  ministro  de  Vivienda,  Construcción  y  Saneamiento,  a  propuesta  del
               Fondo MiVivienda S.A.


               Mediante  decreto  supremo  refrendado  por  el  ministro  de  Vivienda,  Construcción  y
               Saneamiento se aprobarán las disposiciones reglamentarias y/o complementarias para la
               aplicación de lo establecido en la presente disposición”.


               La  otra  petición  tiene  que  ver  con  una  disposición  complementaria  final  referida  a  la
               restricción para efectuar modificaciones con cargo a partidas de gasto relacionadas con
               el  mantenimiento.  Lo  que  buscamos  con  esta  petición  es  que  los  dineros  que  están
               orientados a realizar el mantenimiento de la infraestructura y los equipos se utilicen tal
               cual para estos objetivos. Entonces, lo que se quiere es hacer algunas aclaraciones con
               esta disposición complementaria final, que diría del siguiente modo:

               “Prohíbese,  durante  el  Año  Fiscal  2015,  a  las  entidades  del  Gobierno  Nacional,  los
               Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales efectuar modificaciones presupuestarias en
               el nivel funcional programático con cargo a las Partidas de Gasto 2.3.1.6 (repuestos y
               accesorios), 2.3.1.11 (suministros para mantenimiento y reparación) y 2.3.2.4 (servicios
               de  mantenimiento,  acondicionamiento  y  reparaciones),  con  el  fin  de  habilitar  a  otras
               partidas, genéricas o específicas del gasto de sus presupuestos institucionales, salvo las
               habilitaciones que se realicen dentro de las indicadas partidas de gasto entre unidades
               ejecutoras del mismo pliego”.

               Por  otro  lado,  tengo  una  petición  y  preocupación  sobre  la  región  Junín  respecto  a  la
               Universidad Juan Santos Atahualpa. Se desarrolló en Tarma…

               El  señor  PRESIDENTE  (Norman  David  Lewis  Del  Alcázar).—  Tiene  tiempo  adicional,
               congresista Cárdenas.

               El  señor  CÁRDENAS  CERRÓN  (NGP).—  En  la  reunión  descentralizada  del  Consejo  de
               Ministros celebrada en Tarma se asignó una suma de 4 millones 223 mil nuevos soles
               como presupuesto de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma… Perdón,
               me  corrijo,  es  la  Universidad  Nacional  Autónoma  Altoandina  de  Tarma.  De  estos  4
               millones 223 mil nuevos soles, 3 millones quinientos mil para gastos corrientes y solo 723
               mil  para  gastos  de  capital.  Lo  que  se  busca  es  que  se  considere  una  disposición
               complementaria final que diga:

               “Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a trasferir por excepción la suma de 10
               millones  de  nuevos  soles  al  Pliego  Presupuestal  553  Universidad  Nacional  Autónoma
               Altoandina de Tarma, con el objeto de que se continúe el proceso de implementación,
               conforme a lo dispuesto en la Ley 30220. El monto transferido solo podrá destinarse a la
               construcción de la sede de la universidad”.




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