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Luego se plantea la modificación de la quincuagésima primera disposición
complementaria final, relativa a la zona de actividad logística en el Callao, con el
siguiente texto:
“Declárase de necesidad y utilidad pública y prioridad nacional la zona de actividad
logística del callao.
Constitúyase la Comisión Especial SAL Callao, encargada de la zona de actividad
logística, cuyo directorio estaría integrado por cinco miembros: uno por Enapu, uno por
SIMA Perú, uno por ADEX, uno la Cámara de Comercio de Lima y dos por APN, la que
administrará los fondos que provengan del funcionamiento de la zona de actividad
logística del Callao.
Autorizase la cesión de 42 hectáreas de la Base Naval del Callao, de propiedad de la
Marina de Guerra del Perú para esta finalidad, establecida en la presente ley, la que
recibirá el correspondiente pago de alquiler.
Autorizase al Poder Ejecutivo la convocatoria a concurso internacional para seleccionar al
operador de la zona de actividad logística, considerando:
a) Los criterios de optimización de la actividad portuaria y su valor agregado como zona
de transformación y de comercio internacional.
b) El aporte al Estado por la concesión no podrá ser menor al porcentaje promedio de lo
aportado en otras concesiones similares de zona de actividad logística en el mundo.
c) El 50% de los ingresos transferidos por la SAL serán destinados al fortalecimiento de las
actividades portuarias a cargo de Enapu, y el otro 50% a la ampliación de la actividad
industrial del SIMA.”
Por último, planteo respecto de la Contraloría General de la República un texto
alternativo de la quincuagésima sexta disposición complementaria final, que debe decir:
“Dispónese que la contratación del personal para que desempeñe funciones en las
oficinas de control institucional o lo que haga sus veces en las entidades del gobierno
nacional, los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales o distritales, bajo
cualquier modalidad, será realizada directamente por la Contraloría General de la
República. Los recursos necesarios para…”
La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista Dammert.
El señor DAMMERT EGO AGUIRRE (AP-FA).— “Los recursos necesarios para financiar la
contratación del personal requerido, así como los gastos que implique la ejecución de
dicho contrato, son transferidos por el gobierno nacional a la Contraloría General de la
República mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y
el presidente del Consejo de Ministros”.
Muchas gracias.
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