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Nacional de Diversificación Productiva, proyectos de infraestructura productiva específica,
que incluye parques, áreas y espacios industriales.
Mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de la Producción se aprobará las
disposiciones reglamentarias y/o complementarias para la implementación de lo
establecido en el presente artículo.”
“Amplíese el objetivo del financiamiento referido a los 500 millones de nuevos soles
señalado en el artículo 30 de la Ley 30230, Ley que establece medidas tributarias,
simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la
inversión en el país, para participar en el financiamiento de fondos orientados a la
adquisición de facturas conformadas y negociables emitidas por las Mipyme a través de
empresas del sistema financiero o del mercado de valores, con la finalidad de mejorar su
acceso al financiamiento en condiciones competitivas.
Las disposiciones complementarias para la implementación de lo dispuesto en el párrafo
precedente se establecen en el Reglamento del Fondo.”
“Autorícese al pliego Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) a transferir recursos, a
favor del fondo Mivivienda S.A., con cargo a los recursos de su presupuesto institucional
del Año Fiscal 2014 correspondientes al Programa Presupuestal 0068 ‘Programa de
Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres’, hasta por la
suma de 5 millones 142 mil nuevos soles, con el fin de cancelar los adeudos por
concepto de ‘Bono 6000’ de acuerdo con la relación de adeudos…”
La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Tiene tiempo adicional,
congresista Gastañadui.
El señor GASTAÑADUI RAMÍREZ (NGP).— “… de adeudos, que por dicho concepto
determine, verifique y valide el Indeci mediante Informe aprobado por Resolución de su
Titular. Para tal efecto, se autoriza al Indeci a realizar transferencias financieras a favor
del Fondo Mivivienda S.A., exceptuándosele de lo dispuesto en el artículo 80 del TUO de
la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto
Supremo 304-2012-EF.
Las referidas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del
Indeci, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que
haga sus veces en la mencionada entidad. Dicha resolución debe publicarse en el diario
oficial El Peruano.
La presente disposición entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de
esta Ley.”
“Modifícase los anexos del proyecto de Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015, mediante la anulación en el Pliego 36 Ministerio de Transportes, Unidad
Ejecutora 012- AATE, origen de los recursos, por un monto de 34 millones 541 mil 552
nuevos soles, habilitándolos en el Pliego 055 Agencia de Promoción de la Inversión
Privada, destino de los recursos para la elaboración de los estudios de preinversión de la
INIA 3 de la Red Básica del Metro de Lima encargada a ProInversión.”
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