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Complementaria Final de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2014.
Dispóngase que las entidades y organismos del Poder Ejecutivo transfieran al Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos el dominio de los inmuebles que resulten necesarios para
la construcción de cinco establecimientos penitenciarios a cargo del referido ministerio;
exceptuándose dicha transferencia de la aplicación de las normas del Sistema de Bienes
Estatales. La individualización de los inmuebles, los sectores involucrados, así como los
demás aspectos que resulten necesarios serán establecidos en el Reglamento de la
presente disposición. La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales efectuará todos
los actos necesarios para efectivizar la transferencia.
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) inscribirá directamente el
dominio de los inmuebles antes referidos, a nombre del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, a sola solicitud de dicha entidad.
Las opiniones, autorizaciones, estudios, resoluciones, actas de compromiso o cualquier
otro documento de respuesta o acto administrativo del Poder Ejecutivo, los gobiernos
regionales o locales, sobre los requerimientos del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, en el marco de la presente disposición, se emiten en un plazo no mayor de
diez días hábiles, sujeto a silencio administrativo positivo, excepto para las licencias de
habilitación urbana…”
La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Concluya, congresista Rivas.
El señor RIVAS TEIXEIRA (NGP).— … “habilitación urbana y edificación, conforme a la
propuesta.”
Señora Presidenta, voy a alcanzar esta propuesta a efectos de que se tenga en
consideración.
Una última propuesta tiene que ver con la construcción de un establecimiento
penitenciario en Sechura, Piura. Para ello pido que en una disposición complementaria
modificatoria se incorpore en la quinta disposición complementaria final de la Ley 30025,
Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras
de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes
inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, el siguiente
numeral:
“Proyecto de Inversión Pública: “Instalación del servicio de readaptación social en el
nuevo establecimiento penitenciario de Piura, en el distrito de Sechura, provincia de
Sechura, departamento de Piura”, con código SNIP 276865.”
Gracias, Presidenta.
La señora PRESIDENTA (Ana María Solórzano Flores).— Puede continuar, congresista
Zamudio.
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