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Primera LegisLatura Ordinaria de 2013 - tOmO iii - Diario de los Debates     2247
                  el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la   normas reglamentarias que resulten necesarias
                  Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de   para la aplicación de lo dispuesto en la presente
                  Presupuesto. Dicho financiamiento incluye plazas   disposición complementaria final, lo que incluye la
                  para docentes de educación física a nivel nacional,   determinación de los montos que serán destinados
                  capacitación, asistencia técnica, infraestructura,   a los fondos de garantía antes mencionados.
                  equipamiento y materiales, entre otros aspectos
                  vinculados a los fines de la presente disposición;   CENTÉSIMA SEGUNDA. Autorízase al Insti-
                  para tal efecto el Ministerio de Educación emitirá   tuto Nacional Penitenciario - INPE, la progresión
                  mediante  resolución  ministerial  los  criterios   en la carrera médica y de los profesionales de la
                  para la distribución de plazas, así como para la   salud no médicos, mediante el proceso de ascenso
                  adecuación de infraestructura y equipamiento   automático excepcional por años de servicio, en
                  mínimo necesario.                           el marco de sus respectivas carreras especiales;
                                                              para cuyo efecto queda sin efecto la restricción
                  Los recursos a los que se refiere el presente   sobre ingresos del personal prevista en la pre-
                  artículo, podrán ser transferidos a los gobiernos   sente Ley.
                  regionales mediante decreto supremo refrendado
                  por el ministro de Economía y Finanzas y el mi-  Para la aplicación de la presente disposición es
                  nistro de Educación, a propuesta de este último.  requisito que las plazas se encuentren aprobadas
                                                              en el cuadro de asignación de personal (CAP), y
                  CENTÉSIMA. Autorízase, excepcionalmente     registradas en el Aplicativo Informático para el
                  hasta el 31 de abril de 2014, al Ministerio de la   Registro Centralizado de Planillas y de Datos
                  Mujer y Poblaciones Vulnerables, a utilizar el   de los Recursos Humanos del Sector Público
                  proceso de selección de Adjudicación de Menor   a cargo de la Dirección General de Gestión de
                  Cuantía previsto en el Decreto Legislativo 1017,   Recursos Públicos del Ministerio de Economía
                  que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado,   y Finanzas.
                  y su reglamento aprobado por Decreto Supremo
                  184-2008-EF, en todas aquellas contrataciones   La presente disposición entra en vigencia a partir
                  que resulten necesarias para la organización del   del día siguiente de la publicación de la presente
                  ‘I Foro Internacional de Mujeres Líderes de los   Ley.
                  Países ASPA en Lima y Sesión Descentralizada en
                  Cusco’ y siempre que los valores referenciales no   CENTÉSIMA TERCERA. Dispónese el forta-
                  excedan los S/. 300 000,00 (TRESCIENTOS MIL   lecimiento del Tribunal Constitucional con el fin
                  Y 00/100 NUEVOS SOLES). En las contrataciones   de mejorar los servicios que brinda en materia
                  cuyo valor referencial supere dicho monto, se   constitucional, autorizándose para tal efecto, a
                  utilizará el proceso de selección que corresponda   construir o adquirir su nuevo local institucio-
                  conforme a la legislación de la materia.    nal, el cual podrá ser financiado con cargo a los
                                                              recursos a que se refiere el artículo 44 de la Ley
                  CENTÉSIMA PRIMERA. A partir de la vi-       28411,  Ley  General  del  Sistema  Nacional  de
                  gencia de la presente ley, prorrógase hasta el 31   Presupuesto, hasta por un monto de S/. 25 000
                  de diciembre de 2016 del plazo de acogimiento   000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100
                  del Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM,   NUEVOS SOLES).
                  creado por el Decreto de Urgencia 024-2009, y
                  modificado por los Decretos de Urgencia 058-  La presente disposición rige a partir del día si-
                  2011 y 016-2012.                            guiente de la publicación de la presente Ley, hasta
                                                              el 31 de diciembre de 2014.
                  Asimismo,  autorízase  al  Fondo  de  Garantía
                  Empresarial - FOGEM para la constitución de   CENTESIMA  CUARTA. A partir del tercer
                  fondos de garantía que serán administrados por   trimestre del Año Fiscal 2014 y hasta el 31 de
                  las empresas afianzadoras y de garantías. Para   diciembre del mismo año, previa evaluación y
                  efectos de la constitución de los fondos de garantía   priorización por el Instituto Peruano del Deporte
                  se podrá contar, adicionalmente, con los aportes   (IPD), se puede modificar el Anexo A de la pre-
                  del sector privado.                         sente Ley en cuanto a las subvenciones otorgadas
                                                              a favor de Federaciones Deportivas Nacionales
                  En un plazo máximo de noventa (90) días, con-  y Comité Olímpico Peruano señaladas en dicho
                  tados a partir de la entrada en vigencia de la   anexo, mediante decreto supremo refrendado por
                  presente Ley, mediante decreto supremo refren-  el ministro de Educación, el cual se publica en los
                  dado por el ministro de Economía y Finanzas y   portales electrónicos institucionales del IPD y del
                  el ministro de la Producción, se aprobarán las   Ministerio de Educación, dentro de los tres (03)


                                                                  18.   B sesión (matinaL) 28-11-2013 - Diario de los Debates
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