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1634   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2011 - tOmO ii

                  Artículo  11.  Proyectos  de  inversión  pú­  12.1 Autorízase en el presente año fiscal la reali­
                  blica  con  financiamiento  del  Gobierno   zación, de manera excepcional, de las siguientes
                  Nacional                                    transferencias financieras entre entidades que a
                                                              continuación se detallan:
                  11.1 En el Año Fiscal 2012, los recursos públicos
                  asignados en los presupuestos institucionales de   a) Las referidas:
                  las entidades del Gobierno Nacional para la eje­
                  cución de proyectos de inversión en los gobiernos   i. al Seguro Integral de Salud (SIS);
                  regionales o los gobiernos locales se transfieren
                  bajo la modalidad de modificación presupuesta­  ii. al Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci)
                  ria en el nivel institucional, aprobada mediante   para la atención de desastres;
                  decreto supremo refrendado por el ministro del
                  sector correspondiente y el Ministro de Economía   iii. a la Presidencia del Consejo de Ministros con
                  y Finanzas, previa suscripción de convenio.  cargo al Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía
                                                              Nacional del Perú;
                  Excepcionalmente, en el caso de que el proyecto
                  de inversión pública sea ejecutado por empresas   iv. a la operatividad del Plan Integral de Repara­
                  públicas, los recursos son transferidos financiera­  ciones (PIR) y del Programa Nacional de Apoyo
                  mente, mediante decreto supremo, en cualquier   Directo a los Más Pobres;
                  fuente de  financiamiento, previa suscripción
                  de convenio. Los recursos con cargo a la fuente   v. al Ministerio de Justicia con cargo al Fondo
                  de financiamiento Recursos Ordinarios que se   Especial de Administración del Dinero Obtenido
                  transfieran a dichas empresas se mantienen y   Ilícitamente en Perjuicio del Estado (Fedadoi);
                  administran en las cuentas del Tesoro Público,
                  conforme a lo que disponga la Dirección General   vi.  al Ministerio de Trabajo y Promoción del
                  de Endeudamiento y Tesoro Público, y no generan   Empleo para el Programa para la Generación
                  saldo de balance.                           de Empleo Social Inclusivo ‘Trabaja Perú’ y el
                                                              Programa Nacional de Empleo Juvenil ‘Jóvenes
                  11.2 Previamente a la transferencia de recursos,   a la Obra’;
                  los proyectos de inversión pública deben contar
                  con viabilidad en el marco del Sistema Nacional   vii. al Ministerio de Vivienda, Construcción y
                                                              Saneamiento para el Banco de Materiales S.A.C.
                  de Inversión Pública (SNIP). Las transferencias
                  de recursos que se efectúen en el marco de la   (Banmat) y el Fondo MIVIVIENDA, y las Empre­
                                                              sas Prestadoras de Servicios de Saneamiento; y
                  presente disposición sólo se autorizan hasta el
                  segundo trimestre del año 2012.             viii. para DEVIDA en el marco de los Programas
                  Cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional   Presupuestales:
                  es responsable de la verificación y seguimiento   ‘Programa de Desarrollo Alternativo Integral y
                  del cumplimiento de las acciones contenidas en   Sostenible-PIRDAIS’, ‘Prevención y Tratamiento
                  el convenio y en el cronograma de ejecución del   del Consumo de Drogas’ y ‘Gestión Integrada y
                  proyecto de inversión pública, para lo cual realiza   Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el
                  el monitoreo correspondiente.               Perú’.
                  11.3 Las entidades del Gobierno Nacional que ha­  b) Las que se realicen para el cumplimiento de
                  yan transferido recursos en el marco del artículo   los compromisos pactados en los convenios de
                  15 de la Ley 29626 y del presente artículo emiten   cooperación internacional reembolsables y no
                  un informe técnico sobre los resultados obtenidos   reembolsables,  y  las  operaciones  oficiales  de
                  por la aplicación de los citados artículos, sobre   crédito, celebrados en el marco de la normativa
                  la contribución en la ejecución de los proyectos   vigente.
                  de inversión financiados, sobre los resultados del
                  seguimiento y el avance del proyecto. Este infor­  c) Las que se realicen para el financiamiento y cofi­
                  me se publica en los portales institucionales de   nanciamiento de los proyectos de inversión pública,
                  dichas entidades hasta febrero de 2012 y febrero   y el mantenimiento de carreteras, entre los niveles
                  de 2013, según corresponda.                 de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Na­
                                                              cional, previa suscripción del convenio respectivo.
                  Artículo 12. Transferencias financieras per­  Las transferencias de recursos que se efectúen en
                  mitidas entre entidades públicas durante    el marco del presente literal sólo se autorizan hasta
                  el Año Fiscal 2012                          el segundo trimestre del año 2012.


                   Diario de los Debates - 18.   a sesión (matinaL) 24-11-2011
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