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1630   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2011 - tOmO ii

                         Fuentes de financiamiento                          nuevos soles
                         Recursos ordinarios                                  61 676 000 000,00

                         Recursos directamente recaudados                      8 969 230 285,00

                         Recursos por operaciones oficiales                    7 192 967 255,00
                         de crédito

                         Donaciones y transferencias                           547 520 861,00

                         Recursos determinados                                   17  148  916  745,00
                                                                             ===============

                                               TOTAL   S/.                      95  534  635  146,00
                                                                              ===============



                                CAPÍTULO II                   4.2 Todo acto administrativo, acto de adminis­
                                                              tración o las resoluciones administrativas que
                        NORMAS PARA LA GESTIÓN                autoricen gastos no son eficaces si no cuentan
                             PRESUPUESTARIA                   con el crédito presupuestario correspondiente
                                                              en el presupuesto institucional o condicionan
                              SUBCAPÍTULO I                   la misma a la asignación de mayores créditos
                                                              presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad
                       DISPOSICIONES GENERALES                del titular de la entidad, así como del jefe de la
                                                              Oficina de Presupuesto y del jefe de la Oficina
                  Artículo 3. Del alcance                     de Administración, o los que hagan sus veces, en
                                                              el marco de lo establecido en la Ley 28411, Ley
                  Las  disposiciones  contenidas  en  el  presente   General del Sistema Nacional de Presupuesto.
                  capítulo son de obligatorio cumplimiento por
                  las entidades integrantes de los Poderes Legis­  Artículo 5. Control del gasto
                  lativo, Ejecutivo y Judicial; Ministerio Público;
                  Jurado Nacional de Elecciones; Oficina Nacional   5.1 Los titulares de las entidades públicas, el jefe
                  de Procesos Electorales; Registro Nacional de   de la oficina de presupuesto y el jefe de la oficina
                  Identificación y Estado Civil; Contraloría Ge­  de administración, o los que hagan sus veces en
                  neral de la República; Consejo Nacional de la   el pliego presupuestario, son responsables de la
                  Magistratura; Defensoría del Pueblo; Tribunal   debida aplicación de lo dispuesto en la presente
                  Constitucional; universidades públicas; y demás   Ley, en el marco del principio de legalidad, reco­
                  entidades y organismos que cuenten con un cré­  gido en el artículo IV del título preliminar de la
                  dito presupuestario aprobado en la presente Ley.
                  Asimismo, son de obligatorio cumplimiento por   Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
                  los gobiernos regionales y los gobiernos locales y   General.
                  sus respectivos organismos públicos.
                                                              5.2 La Contraloría General de la República verifica
                  Artículo 4. Acciones administrativas en la   el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
                  ejecución del gasto público                 Ley y las demás disposiciones vinculadas al gasto
                                                              público en concordancia con el artículo 82 de la
                  4.1 Las entidades públicas sujetan la ejecución de   Constitución Política del Perú. Asimismo y bajo
                  sus gastos a los créditos presupuestarios autori­  responsabilidad, para el gasto ejecutado mediante
                  zados en la ley de presupuesto del sector público,   el presupuesto por resultados, debe verificar su
                  aprobada por el Congreso de la República, y   cumplimiento bajo esta estrategia.
                  modificatorias en el marco del artículo 78 de la
                  Constitución Política del Perú y el artículo I del      SUBCAPÍTULO II
                  título preliminar de la Ley 28411, Ley General del
                  Sistema Nacional de Presupuesto.              GASTO EN INGRESO DE PERSONAL


                                      a
                   Diario de los Debates - 18.   a sesión (matinaL) 24-11-2011
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