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1952 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2010 - tOmO iii
desempeño, por única vez, la misma que para su cios de calle y patrullaje por ocho (8) horas de
otorgamiento se sujeta a los lineamientos, requi- servicio diario durante el uso de sus vacaciones
sitos, criterios y normas reglamentarias regula- o días de descanso, quedando autorizado el Mi-
das en los párrafos 8.1, 8.2 y 8.5 del artículo 8.° nisterio del Interior a dictar, mediante decreto
de la presente Ley. Tales acciones son financia- supremo, las disposiciones reglamentarias para
das con cargo a su presupuesto institucional, sin su otorgamiento.
demandar recursos adicionales al Tesoro Público,
quedando exceptuada para tal fin de lo dispuesto c) La modificación del bono aprobado por la Re-
en el párrafo 6.1 del artículo 6.° y el párrafo 9.1 solución de la Fiscalía de la Nación N.° 193-2001-
del artículo 9.° de la presente Ley. MP-FN, que se efectúa hasta por un monto no
mayor al diez por ciento (10%) del presupuesto
Para la aplicación de la presente disposición, la institucional de apertura 2010 del Pliego Ministe-
Sunarp debe presentar, dentro del primer trimes- rio Público en la Específica del Gasto 2.1.1.4.2.1;
tre del año 2011, el respectivo Plan de Fortale- así como la modificación de la escala remunera-
cimiento Institucional y Modernización, inclu- tiva del Pliego Consejo Nacional de la Magistra-
yendo una propuesta de indicadores de mejora tura.
de desempeño, así como el respectivo cronogra-
ma de plazos para la ejecución del plan. 2. Autorizaciones para la contratación de qui-
nientos (500) agentes penitenciarios de seguri-
Sexagésima Tercera.— Dispónese que el otor- dad, previo concurso público y formados en el
gamiento de beneficios a favor del personal del Centro Nacional de Estudios Criminológicos y
Pliego Poder Judicial se sujeta exclusivamente Penitenciarios (Cenecp), así como las contrata-
al presupuesto institucional del citado pliego, sin ciones de personal que efectúe el Instituto Na-
demandar recursos adicionales al Tesoro Públi- cional de Defensa de la Competencia y de la Pro-
co, no generando en ningún caso el incremento tección de la Propiedad Intelectual (Indecopi)
o aprobación de las tasas judiciales. para continuar con el fortalecimiento de la pro-
tección del consumidor a nivel nacional y para
Sexagésima Cuarta.— Dispónese que, para la el cabal cumplimiento de sus funciones en de-
implementación del Registro Único Obligatorio fensa de la competencia y protección de la pro-
(Sinabip), se podrá destinar recursos hasta por la piedad intelectual.
suma de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS
SEIS MIL SEISCIENTOS DOCE Y 00/100 NUE- Dichas acciones se aprueban mediante decre-
VOS SOLES (S/. 4 206 612,00) al Pliego 056: Su- to supremo, conforme a la normatividad vigen-
perintendencia Nacional de Bienes Estatales, con te, con sujeción al Marco Macroeconómico Mul-
cargo a los mayores ingresos que se autoricen en tianual y con cargo al presupuesto institucional
el presupuesto del sector público. del pliego respectivo, sin demandar recursos adi-
cionales al Tesoro Público y sin afectar las metas
Sexagésima Quinta.— Autorízase, por úni- y objetivos de la entidad, previo informe favorable
ca vez, el otorgamiento de los siguientes concep- del Ministerio de Economía y Finanzas.
tos, así como las contrataciones de personal que
a continuación se detallan: El otorgamiento de los conceptos indicados en los
literales a) y b) del numeral 1 de la presente dis-
1. El otorgamiento o modificación, por única vez, posición, así como el bono a que hace referencia
de los siguientes conceptos: el literal c) de ese mismo numeral, no constitu-
yen base de cálculo para el reajuste de las boni-
a) Dietas para los Consejos Directivos del Orga- ficaciones que establece el Decreto Supremo N.°
nismo de Evaluación y Fiscalización del Ambien- 051-91-PCM, para la Compensación por Tiempo
te (OEFA), el Consejo Directivo de la Autoridad de Servicios o cualquier otro tipo de bonificacio-
Nacional del Agua (ANA), el Consejo Directivo de nes, asignaciones o entregas. Asimismo, para el
la Superintendencia Nacional de Aseguramiento caso de la aplicación del numeral 2 de la presen-
en Salud (Sunasa) y el Centro Nacional de Pla- te disposición, las entidades respectivas se suje-
neamiento Estratégico (Ceplan). Para el caso de tan a lo dispuesto en el último párrafo del párra-
la Sunasa y el Ceplan, dicho otorgamiento no fo 9.1 del artículo 9.° de la presente Ley.
comprende al presidente del consejo directivo.
Sexagésima Sexta.— Autorízase a la Univer-
b) Una asignación excepcional de CINCUENTA sidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP)
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50,00) al perso- a realizar operaciones de endeudamiento interno
nal policial que voluntariamente preste servi- con el Banco de la Nación y con cargo a los recur-
Diario de los Debates - 13. d sesión (vesPertina) 29-11-2010
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