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1824 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2010 - tOmO iii
Segunda.— Para el Año Fiscal 2011, constitu actividad agropecuaria altoandina, se considerará
yen recursos propios de la Superintendencia Na una respuesta oportuna la provisión de forraje,
cional de Administración Tributaria (Sunat) los alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para
siguientes: animales. En el marco de la presente disposición,
para el uso de dichos recursos, se debe tener en
a) El uno coma cinco por ciento (1,5%) de to cuenta lo siguiente:
dos los tributos y aranceles correspondientes a
las importaciones que recaude o administre la a) No financian gastos por concepto de capacita-
Sunat, cuya recaudación sea ingreso del Teso ción, asistencia técnica, seguimiento y control,
ro Público. adquisición de vehículos, maquinarias y equipos,
remuneraciones o retribuciones, salvo, en este úl
b) El uno coma seis por ciento (1,6%) de todos timo caso, cuando se trate de consultorías espe
los tributos que recaude o administre la Sunat, cializadas vinculadas directamente con la aten
excepto los aranceles y el Impuesto a las Tran ción del desastre.
sacciones Financieras, con cargo a resultados y
ampliación de base impositiva fijados por el Min b) El Indeci es responsable por el adecuado uso
isterio de Economía y Finanzas. de los recursos provenientes de la Reserva de
Contingencia a que se refiere la presente dis
c) Ingresos generados por los servicios que pres posición.
ta y las publicaciones que realice.
c) El Ministerio de Economía y Finanzas, a través
d) Los legados, donaciones, transferencias y otros de su Dirección General de Programación Mul
provenientes de cooperación internacional previ tianual del Sector Público, dicta los criterios y
amente aceptados. procedimientos para sustentar la necesidad del
uso de los recursos a que se refiere la presente
e) El diez por ciento (10%) del producto de los re disposición.
mates que realice.
Asimismo, exceptúase de la declaración de via
f) El cero coma dos por ciento (0,2%) de lo que bilidad y autorízase al Ministerio de Economía y
se recaude respecto a los tributos cuya adminis Finanzas a aplicar un procedimiento simplifica
tración se le encargue y que no constituyen ren do para determinar la elegibilidad, a propuesta
tas del Tesoro Público. de la Dirección Generazl de Programación Mul
tianual del Sector Público, como requisito previo
g) Otros aportes de carácter público o privado. para la ejecución de los proyectos de inversión
pública que apruebe la Presidencia del Conse
h) La renta generada por los depósitos de sus in jo de Ministros.
gresos propios en el sistema financiero.
Las intervenciones de prevención, mejoramien
La Sunat deposita en la cuenta principal del Te to, mantenimiento y reconstrucción de infrae
soro Público, dentro de los quince (15) días si structura pública, por ocurrencia de desastres,
guientes de vencido el Año Fiscal 2011, la dife- se financiarán con recursos del presupuesto in
rencia entre sus ingresos anuales y los gastos stitucional de las entidades públicas de los tres
devengados en el mismo período, bajo respon (3) niveles de gobierno.
sabilidad.
Asimismo, prorrógase la vigencia de lo dispuesto
Tercera.— La Reserva de Contingencia incluye en los artículos 1.°, 2.°, 3.°, 6.° y 8.° y de la pri
hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y mera y tercera disposiciones finales del Decreto
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a fa de Urgencia N.° 015-2010, considerándose para
vor del Instituto Nacional de Defensa Civil (In sus aplicaciones que toda referencia a la ter
deci), para destinarla a realizar acciones duran cera disposición complementaria final de la Ley
te el Año Fiscal 2011, a efectos de brindar una N.° 29467, se entenderá hecha a la presente dis
respuesta oportuna ante desastres de gran mag posición.
nitud, que permita mitigar los efectos dañinos
por el inminente impacto de un fenómeno natu Cuarta.— Establécese que la comisión corre
ral o antrópico, declarado por el organismo públi spondiente al Banco de la Nación por los servi
co técnico-científico competente, y rehabilitar la cios bancarios relacionados con el manejo de la
infraestructura pública. Además, en caso de ser Tesorería del Estado, la cual se determina sobre
necesario, para mitigar los efectos dañinos a la la base de la recaudación que constituye ingreso
Diario de los Debates - 13. B sesión (matinaL) 25-11-2010
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