Page 20 - 2009\Debate-2009\Debate(3)
P. 20
1832 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2009 - tOmO iii
Previamente a la transferencia de recursos, los d) Las que realicen los gobiernos regionales a fa-
proyectos de inversión pública deben contar con vor de las universidades públicas conforme al pá-
viabilidad en el marco del Sistema Nacional de rrafo 6.2 del artículo 6.° de la Ley N.° 27506, Ley
Inversión Pública (SNIP). Las transferencias de de Canon, y modificatoria, para la inversión en
recursos que se efectúen en el marco de la pre- investigación científica y tecnológica que poten-
sente disposición sólo se autorizan hasta el ter- cie el desarrollo regional.
cer trimestre del Año Fiscal 2010.
e) Las que efectúen los gobiernos locales para las
Cada pliego presupuestario del Gobierno Na- acciones siguientes:
cional es responsable de la verificación y se-
guimiento del cumplimiento de las acciones e.1 En el marco de programas sociales.
contenidas en el convenio y en el cronogra-
ma de ejecución del proyecto de inversión pú- e.2 En aplicación de la Ley N.° 29029, Ley de la
blica, para lo cual realiza el monitoreo corres- Mancomunidad Municipal, y modificatorias.
pondiente.
e.3 La prestación de los servicios públicos dele-
Artículo 15.°.— De las transferencias fi- gados a las municipalidades de centros poblados,
nancieras permitidas durante el Año Fis- según el artículo 133.° de la Ley N.° 27972, Ley
cal 2010 Orgánica de Municipalidades.
Suspéndese la aplicación del artículo 75.° de la e.4 La prestación de servicios y el mantenimien-
Ley N.° 28411, Ley General del Sistema Nacio- to de la infraestructura vial de su competencia,
nal de Presupuesto, y modificatorias, salvo las si- a cargo de sus organismos públicos.
guientes transferencias financieras:
e.5 Por la imposición de papeletas por infraccio-
a) Las referidas en los literales b), d) y e) del pá- nes al Reglamento Nacional de Tránsito, a favor
rrafo 75.4 del artículo 75.° de la Ley N.° 28411, del Ministerio del Interior, conforme al artículo
Ley General del Sistema Nacional de Presupues- 13.° de la Ley N.° 28750.
to, referentes al Seguro Integral de Salud (SIS);
al Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci); al La entidad pública que transfiere, con excepción
Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacio- de los literales d) y e.5 del presente artículo, es
nal del Perú; para la operatividad del Plan Inte- responsable del monitoreo, seguimiento y cumpli-
gral de Reparaciones – PIR y del Programa Na- miento de los fines, metas físicas y financieras pa-
cional de Apoyo Directo a los Más Pobres y del ra los cuales les fueron entregados los recursos.
Ministerio de Justicia con cargo al Fondo Es-
pecial de Administración del Dinero Obtenido Los demás supuestos establecidos en el párra-
Ilícitamente en Perjuicio del Estado (Fedadoi), fo 75.4 del artículo 75.° de la Ley N.° 28411, Ley
respectivamente. También se considera en este General del Sistema Nacional de Presupuesto,
literal las transferencias financieras que efectúe no considerados en el presente artículo se trans-
el Programa de Emergencia Social Productivo fieren al pliego de destino vía modificación pre-
‘Construyendo Perú’. supuestaria en el nivel institucional mediante
decreto supremo, refrendado por el Ministro de
b) Las que se realicen para el cumplimiento de Economía y Finanzas y el ministro del sector co-
los compromisos pactados en los convenios de co- rrespondiente, a propuesta de este último, según
operación internacional reembolsables y no re- corresponda.
embolsables, y las operaciones oficiales de cré-
dito, celebrados en el marco de la normatividad Los recursos públicos, bajo responsabilidad, de-
vigente. berán ser destinados sólo a los fines para los cua-
les se autorizó su transferencia conforme al pre-
c) Para el financiamiento y cofinanciamiento de sente artículo.
los proyectos de inversión pública, y el manteni-
miento de carreteras, entre los gobiernos regio- Artículo 16.°.— Montos para la determina-
nales y gobiernos locales y de estos a favor del ción de los procesos de selección
Gobierno Nacional, previa suscripción del con-
venio respectivo. Las transferencias de recur- 16.1 La determinación de los procesos de selec-
sos que se efectúen en el marco del presente li- ción para efectuar las licitaciones públicas, con-
teral solo se autorizan hasta el tercer trimestre cursos públicos y adjudicaciones directas en todas
del Año Fiscal 2010. las entidades del Sector Público comprendidas en
Diario de los Debates - 15. B sesión (matinaL) 27-11-2009
a