Page 33 - 2008\Debate-2008\Debate(4)
P. 33

Primera LegisLatura Ordinaria de 2008 - tOmO iii - Diario de los Debates     1983
                  ción del Programa del Vaso de Leche, por el si-  cuentas individuales de los afiliados, de acuerdo
                  guiente texto:                              con lo establecido en el artículo 12.° del Decreto
                                                              Legislativo N.° 1086. Dicha transferencia se efec-
                  ‘7.1 El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social   tivizará por resolución del Titular de la Oficina
                  (Mimdes) aprueba, mediante resolución minis-  de Normalización Previsional (ONP).
                  terial, los índices de distribución de los recursos
                  aplicables a partir del año 2010, que se destinan   El aporte del Estado que para tal efecto requiera
                  a financiar el Programa del Vaso de Leche de las   la Oficina de Normalización Previsional (ONP),
                  municipalidades distritales en el ámbito nacional,   se asignará cuando se haya cumplido con el proce-
                  debiendo considerar entre los criterios de distri-  dimiento establecido en el reglamento del Decre-
                  bución, principalmente, el índice de pobreza con-  to Legislativo N.° 1086, Decreto Legislativo que
                  juntamente con el demográfico y de acuerdo con   aprueba la Ley de promoción de la competitivi-
                  los beneficiarios a ser atendidos, conforme se es-  dad, formalización y desarrollo de la micro y pe-
                  tablece en el artículo precedente.’         queña empresa y del acceso al empleo decente.

                  Décima Quinta.— Autorízase al Ministerio    Décima Sétima.— La disponibilidad de recur-
                  de Economía y Finanzas a transferir CIEN MI-  sos y la fuente de financiamiento así como la Cer-
                  LLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000   tificación de Crédito Presupuestario, referidas en
                  000,00) de la Reserva de Contingencia destina-  el artículo 12.° del Decreto Legislativo N.° 1017,
                  da al ‘Fondo para el pago de deudas del Decreto   Ley de contrataciones del Estado, y en el artículo
                  de Urgencia N.° 037-94’ creado mediante Decre-  77.°, numeral 77.1, de la Ley N.° 28411, Ley Ge-
                  to de Urgencia N.° 051-2007 de fecha 30 de di-  neral de Sistema Nacional de Presupuesto, res-
                  ciembre del año 2007.                       pectivamente, son otorgadas con el contrato de
                                                              crédito que formaliza la operación de endeuda-
                  Los intereses generados por el ‘Fondo DU N.°   miento interno, aprobado de acuerdo con la Ley
                  037-94’ se incorporan en el Pliego Ministerio de   N.° 28563, Ley General del Sistema Nacional de
                  Economía y Finanzas mediante decreto supremo,   Endeudamiento, para que el Ministerio de De-
                  para atender la deuda derivada de retenciones y   fensa lleve a cabo los procesos de contratacio-
                  cargas sociales, así como los saldos determinados   nes y adquisiciones en el marco del Núcleo Bási-
                  por los pliegos, provenientes del Decreto Supre-  co de Defensa.
                  mo N.° 058-2008-EF. Exceptúase de la presente
                  disposición, la suspensión señalada en el nume-  Décima Octava.— Autorízase al Ministerio de
                  ral 7.1 del artículo 7.° de la presente Ley.  Economía y Finanzas a efectuar un estudio sobre
                                                              las escalas remunerativas de todos los proyectos
                  Dicho Ministerio para transferir los recursos   especiales de los gobiernos regionales.
                  aprobados en el primer párrafo de la presente
                  disposición, utilizará el procedimiento estable-  Décima Novena.— Los gobiernos locales dis-
                  cido en el artículo 45.° de la Ley N.° 28411, Ley   pondrán del cero coma cinco por ciento (0,5%) de
                  General de Sistema Nacional de Presupuesto,   su presupuesto a favor de la realización de obras,
                  a propuesta de la Oficina General de Adminis-  reparación o modificaciones destinadas a mejo-
                  tración del citado Ministerio, con el objeto de   rar o proveer de accesibilidad a la infraestruc-
                  que las entidades comprendidas en los alcances   tura urbana de las ciudades, así como a los pala-
                  del Decreto de Urgencia N.° 051-2007 efectúen   cios municipales, que están al servicio de todos
                  directamente los abonos en las cuentas banca-  los ciudadanos y en especial a los que presenten
                  rias correspondientes y atiendan las cargas so-  situaciones de discapacidad.
                  ciales respectivas. Mediante decreto supremo
                  refrendado por el Ministro de Economía y Fi-  Vigésima.— Exceptúase a las Cajas Municipales
                  nanzas se emiten, de ser necesario, las normas   de Ahorro y Crédito, a las Cajas Municipales de
                  complementarias y reglamentarias para la me-  Crédito Popular y a los Organismos Públicos Des-
                  jor aplicación de la presente disposición. Déja-  centralizados de los gobiernos locales encargados
                  se sin efecto o derogado lo que se oponga a la   del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
                  presente norma.                             de la aplicación de las normas de austeridad, de
                                                              racionalidad, de gastos de personal y de disciplina
                  Décima Sexta.— Autorízase a la Oficina de   presupuestaria comprendida en la presente Ley,
                  Normalización Previsional (ONP) para que, en   sin exceder los topes establecidos en el numeral
                  representación del Estado, sea la entidad que   2, del artículo 5.° de la Ley 28212, Ley que regu-
                  realice la transferencia financiera del aporte co-  la los ingresos de los altos funcionarios y autori-
                  rrespondiente a la entidad administradora de las   dades del Estado y dicta otras medidas.


                                                                 21.   C sesión (matinaL) 28-11-2008 - Diario de los Debates
                                                                   a
   28   29   30   31   32   33   34   35   36   37   38