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Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2007 - TOMO III
SOLES (S/. 250,00), por concepto de gasto de día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-
desplazamiento, a favor de los docentes que par- cial ‘El Peruano’.
ticipen en el Programa Nacional de Formación y
Capacitación Permanente, y una asignación eco- Disposición Derogatoria
nómica excepcional, por los montos de CIENTO
CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. Única.— Deróganse o déjanse en suspenso, en
150,00) y DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 su caso, las disposiciones legales y reglamenta-
NUEVOS SOLES (S/. 250,00), a favor de los do- rias que se oponen a lo establecido por la presen-
centes que, en el Programa Nacional de Forma- te Ley, o limitan su aplicación.
ción y Capacitación Permanente, aprobado me-
diante Decreto Supremo N.° 007-2007-ED, logren Comuníquese, etc.”
el nivel de suficiente o destacado, respectivamen-
te. El señor PRESIDENTE (Luis Gonzales Po-
sada Eyzaguirre).— De conformidad con lo dis-
Para efecto de lo antes indicado, el Ministerio de puesto en el último párrafo del artículo 58.° del
Educación realizará las transferencias financie- Reglamento del Congreso, los proyectos aproba-
ras correspondientes a los gobiernos regionales dos no requieren de segunda votación.
mediante resolución del Titular del Pliego.
Se va a consultar al Pleno la dispensa del trámi-
Las asignaciones económicas excepcionales no tie- te de aprobación del acta con respecto a los asun-
nen carácter remunerativo ni pensionable, no se tos tratados hasta este momento.
encuentran afectas a cargas sociales, no sirven
de base para el cálculo de beneficios sociales, ni Los señores congresistas que estén a favor se ser-
para efectos de descuentos oficiales y persona- virán expresarlo levantando el brazo. Los que es-
les, y se atienden con cargo al Presupuesto tén en contra, de la misma manera. Los que se
Institucional del Ministerio de Educación, sin abstengan, igualmente.
generar demandas adicionales de recursos al Te-
soro Público. —Efectuada la votación, se acuerda trami-
tar los asuntos tratados hasta este momen-
Quincuagésima Segunda.— El Ministerio de to sin esperar la aprobación del acta.
Economía y Finanzas, en el marco de la Ley N.°
28411, Ley General del Sistema Nacional de Pre- El señor PRESIDENTE (Luis Gonzales Po-
supuesto, dicta, de ser necesario, a través de la sada Eyzaguirre).— Ha sido acordada la dis-
Dirección Nacional de Presupuesto Público, las pensa del trámite de aprobación del acta.
disposiciones para la mejor aplicación de la pre-
sente Ley. Con dictamen unánime de la Comisión de
Presupuesto y Cuenta General de la Repú-
Quincuagésima Tercera.— Autorízase, a partir blica, se aprueba el proyecto, remitido con
de la vigencia de la presente norma, y por el pe- carácter de urgencia por el Poder Ejecuti-
ríodo de tres (3) meses, a los pliegos Ministerio vo, de Ley que modifica el destino de los
del Interior y Ministerio de Defensa a efectuar saldos de la transferencia financiera dis-
todas las modificaciones presupuestarias nece- puesta por el artículo 3.° inciso d) de la Ley
sarias en el Nivel Funcional Programático, con N.° 28979, Ley que autoriza crédito suple-
la finalidad de reestructurar su Presupuesto apro- mentario en el Presupuesto del Sector Pú-
bado para el Año Fiscal 2008, a efectos de orien- blico para el año fiscal 2007 para la conti-
tar los recursos, exclusivamente, al cumplimiento nuidad de inversiones y dicta otras dispo-
de los objetivos de la intervención estratégica siciones; seguidamente, se le exonera de se-
integral ‘Una Opción de Paz y Desarrollo en Se- gunda votación
guridad Para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene
– Plan VRAE’, sujetándose a lo dispuesto en el El señor PRESIDENTE (Luis Gonzales Po-
artículo 5.°. sada Eyzaguirre).— Señores congresistas, hay
un último punto muy importante, porque de la
Quincuagésima Cuarta.— La presente Ley aprobación del Proyecto de Ley N.° 1655/2007,
entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2008, enviado con carácter de urgencia por el Poder
salvo el artículo 9.° párrafo 9.6, el artículo 10.° Ejecutivo, depende el pago a los jubilados.
párrafo 10.1, el artículo 13.° párrafo 13.3, la Pri-
mera Disposición Transitoria, y la Primera y Tiene el uso de la palabra el presidente de la Co-
Octava Disposición Final, que rigen a partir del misión de Presupuesto, congresista Peralta Cruz.
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Diario de los Debates - 9. V SESIÓN (MATINAL) 27-11-2007