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Diario de los Debates
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PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2005 - TOMO III - Diario de los DebatesDiario de los Debates 1983
Quinta.— De conformidad con lo dispuesto en SUBVENCIONES PARA PERSONAS JURÍDI-
los artículos 194.°, 195.° y 196.° de la Constitu- CAS – AÑO FISCAL 2006 de la presente Ley.
ción Política del Perú, para los efectos de la dis-
tribución del FONCOMÚN, téngase presente y Segunda.— En el marco de lo establecido en la
de obligatorio cumplimiento que los recursos Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N.°
transferidos, de acuerdo a Ley, a las municipali- 27867 y la Ley de Bases de la Descentralización –
dades provinciales y distritales sean consensuados Ley N.° 27783, la transferencia de los proyectos
con las municipalidades de los Centros Poblados, especiales a cargo del Instituto Nacional de De-
bajo responsabilidad legal de los alcaldes provin- sarrollo – INADE, a los gobiernos regionales, se
ciales y distritales respectivamente. efectúa, en el caso de los Proyectos con cobertu-
ra multidepartamental, cuando se conformen las
Sexta.— El Ministerio de Defensa, que a la fecha nuevas regiones a que se refiere el artículo 29.°
de la vigencia de la presente Ley viene otorgando de la Ley N.° 27783, según corresponda.
incentivos laborales a través del CAFAE en mon-
tos inferiores a CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES Tercera.— Modifícase el artículo 75.° de la Ley
(S/. 100,00), en aplicación de la Novena Disposi- General del Sistema Nacional de Presupuesto –
ción Transitoria de la Ley N.° 28411, podrá re- Ley N.° 28411 y modificatorias, conforme al si-
ajustar dicho incentivo hasta por la citada suma, guiente texto:
con cargo a su presupuesto institucional, no de-
mandando recursos adicionales al Tesoro Públi- ‘Artículo 75.°.— Transferencias Financieras en-
co. tre pliegos presupuestarios
Exceptúase a los pliegos presupuestarios com- 75.1 Son transferencias financieras entre pliegos
prendidos en la Novena Disposición Transitoria presupuestarios, los traspasos de fondos públicos
de la Ley N.° 28411, del límite de transferencias sin contraprestación, para la ejecución de activida-
fijado en el inciso a.5 de la citada Disposición Tran- des y proyectos de los presupuestos institucionales
sitoria, a fin de continuar con el otorgamiento respectivos de los pliegos de destino.
de los incentivos laborales que correspondan al
año fiscal 2005, conforme a su escala respectiva No resulta procedente que el pliego presupues-
en el marco del inciso a.7 de la referida Disposi- tario efectúe transferencias financieras a otro
ción Transitoria, previo informe favorable de la pliego, cuando la ejecución de las actividades y
Dirección Nacional de Presupuesto Público, el proyectos a su cargo se realice en el marco de
mismo que se emitirá en un plazo que no exce- una ejecución presupuestaria directa o indirec-
derá del 30 de enero de 2006; lo señalado en el ta, en cuyo caso deberá sujetarse a lo regulado en
presente párrafo, no autoriza el incremento de el artículo 59.° de la Ley General.
los incentivos laborales que se otorguen a través
de CAFAE, concordante con el artículo 8.° literal 75.2 Las transferencias financieras entre pliegos
a) de la presente Ley. Cualquier disposición en presupuestarios del gobierno nacional se aprue-
contrario deviene en nula. ban mediante decreto supremo, con refrendo del
Ministro del Sector correspondiente y el Minis-
Sétima.— Autorízase al Fondo Especial de Ad- tro de Economía y Finanzas, previo informe fa-
ministración del Dinero Obtenido Ilícitamente vorable de la Dirección Nacional del Presupues-
en Perjuicio del Estado – FEDADOI, a transfe- to Público.
rir, en el siguiente orden, a favor del Poder Judi-
cial la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/ En el caso de los gobiernos regionales y gobier-
100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00), al Mi- nos locales las transferencias financieras a otro
nisterio Público la suma de QUINCE MILLO- pliego presupuestario, se aprueban mediante
NES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 000 Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Munici-
000,00) y a la Presidencia del Consejo de Minis- pal, respectivamente, previo informe favorable de
tros para el Programa Integral de Reparaciones la Oficina de Presupuesto o la que haga sus ve-
la suma de QUINCE MILLONES Y 00/100 NUE- ces en la entidad.
VOS SOLES (S/. 15 000 000,00).
75.3 Las transferencias financieras entre pliegos
Disposiciones Finales presupuestarios que se efectúen en el marco de
los convenios de cooperación técnica o económi-
Primera.— Las subvenciones a ser otorgadas ca se sujetan a lo establecido en dichos conve-
durante el Año Fiscal 2006 por los Pliegos Pre- nios, de acuerdo a lo señalado en el artículo 68.°
supuestarios están contenidas en el ANEXO DE de la Ley General.
19. B S B SESIÓNESIÓN ( (MAMATINALTINAL)) 24-11-2005 - 24-11-2005 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
19. B SESIÓN (MATINAL) 24-11-2005 - Diario de los Debates
19. B S B SESIÓNESIÓN ( (MAMATINALTINAL)) 24-11-2005 - 24-11-2005 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
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