Page 164 - 2005\Debate-2005\Debate(3)
P. 164

1986   Diario de los Debates
                   Diario de los Debates
                   Diario de los Debates
                   Diario de los Debates
                   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2005 - TOMO III
                  mente necesarias para brindar el servicio educa-  contendidas en el Texto Único Ordenado de la
                  tivo en función a la carga docente establecida por  Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
                  el Ministerio de Educación; en base a lo cual,  do, su Reglamento y demás normas complemen-
                  posteriormente, se establecerán los nuevos Cua-  tarias, las contrataciones y adquisiciones que ten-
                  dros de Asignación de Personal – CAP y Presu-  gan por objeto el desarrollo de las elecciones ge-
                  puestos Analíticos de Personal – PAP en el mar-  nerales a llevarse a cabo durante el año fiscal 2006,
                  co del Presupuesto Institucional aprobado.  siempre que sean realizadas por los organismos
                                                              conformantes del sistema electoral, incluso indi-
                  Los resultados alcanzados en el proceso de  rectamente mediante convenios de administra-
                  racionalización deben ser publicados en la pági-  ción de recursos suscritos o por suscribirse.
                  na web del Ministerio de Educación.
                                                              Asimismo, exceptúase al Jurado Nacional de Elec-
                  Novena.— Es requisito para la creación de nue-  ciones de lo dispuesto en el inciso b) del artículo
                  vas unidades ejecutoras, que éstas cuenten con  8.° de la presente Ley, con la exclusión de la pro-
                  un presupuesto por toda fuente de financiamiento  hibición de contratos a los miembros de los Jura-
                  no inferior a OCHO MILLONES Y 00/100 NUE-   dos Especiales Electorales.
                  VOS SOLES (S/. 8 000 000,00).
                                                              Decimaquinta.— Exceptúase de lo establecido
                  Décima.— La recuperación que efectúe el Pro-  en el artículo 8.° literal b) de esta Ley a los plie-
                  grama Nacional Fondo de Cooperación para el  gos presupuestarios que tengan sus documentos
                  Desarrollo Social (FONCODES) de los recursos  de gestión y escalas remunerativas aprobadas y
                  financieros asignados en administración a orga-  que a la fecha de vigencia de la presente Ley no
                  nismos ejecutores para el otorgamiento de crédi-  hayan sido implementadas ni, en ningún caso,
                  to y/o fines de capacitación a micro y pequeños  aplicadas. Las acciones de personal que conlleve
                  empresarios con arreglo a las disposiciones que  esta Disposición, se sujetan a los procedimientos
                  lo regulan, constituyen recursos directamente  establecidos en la normatividad vigente y con
                  recaudados de FONCODES y luego de su res-   cargo a sus respectivos créditos presupuestarios
                  pectiva incorporación presupuestaria mediante  autorizados en la presente Ley Anual de Presu-
                  resolución del titular del pliego, se destinará al  puesto.
                  financiamiento de acciones a favor de la micro y
                  pequeña empresa.                            Decimasexta.— Para fines del inicio del proceso
                                                              de Reforma y Modernización de la Administración
                  Decimaprimera.— El Ministerio de Economía   de Justicia en el Perú, el Poder Judicial queda ex-
                  y Finanzas, a través de la Dirección Nacional del  ceptuado de las prohibiciones referidas a la contra-
                  Presupuesto Público, dicta, de ser necesario, las  tación de personal, adquisición de mobiliario de
                  disposiciones reglamentarias para la aplicación  oficina, remodelación, equipamiento informático y
                  de la presente Ley.                         vehículos automotores, entre otras disposiciones de
                                                              austeridad presupuestaria. Asimismo, queda auto-
                  Decimasegunda.— Autorízase al Ministerio de  rizado a crear las Unidades Ejecutoras que requie-
                  Educación para que, con cargo a su presupuesto,  ra para iniciar progresivamente su proceso de des-
                  priorice la asignación de UN MILLÓN DE NUE-  centralización administrativa en diversos distritos
                  VOS SOLES (S/. 1 000 000,00) para el funciona-  judiciales a nivel nacional, cumpliendo con los lí-
                  miento del Consejo de Administración del Fondo  mites fijados por la presente Ley.
                  Nacional de Desarrollo de la Educación Perua-
                  na, acción que deberá ser ejecutada durante el  Decimasétima.— Los beneficios a que se refie-
                  primer trimestre del ejercicio fiscal 2006.  re la Cuarta Disposición de la Ley N.° 28254, en
                                                              el caso específico de los Gobiernos Regionales de
                  Decimatercera.— Autorízase a las empresas   Arequipa y de San Martín, serán otorgados ínte-
                  municipales de agua potable y alcantarillado a  gramente por los respectivos pliegos, a través de
                  suscribir durante el año fiscal 2006 convenios de  las Direcciones Regionales de Salud, Educación
                  administración por resultados, con sujeción de  y Agricultura, según corresponda, con cargo a sus
                  las disposiciones de la Ley General del Sistema  respectivos presupuestos institucionales, a cuyo
                  Nacional de Presupuesto y las establecidas en la  efecto en este caso no son de aplicación las dispo-
                  presente Ley.                               siciones contenidas en el artículo 8.° de la pre-
                                                              sente Ley.
                  Decimacuarta.— Quedan exceptuados de la
                  aplicación de lo dispuesto en el artículo 11.° de la  Decimaoctava.— Precísase que la regulariza-
                  presente Ley, así como de las disposiciones  ción a la que se refiere la Décimo Quinta Dispo-


                   Diario de los Debates  a a a a a
                   Diario de los Debates
                   Diario de los Debates -  - 19.19.   B S  B SESIÓNESIÓN ( (MAMATINALTINAL)) 24-11-2005 24-11-2005
                   Diario de los Debates -  - 19.19.   B S  B SESIÓNESIÓN ( (MAMATINALTINAL)) 24-11-2005 24-11-2005
                   Diario de los Debates - 19.   B SESIÓN (MATINAL) 24-11-2005
   159   160   161   162   163   164   165