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1982   Diario de los Debates
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                   Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2005 - TOMO III
                  c) La Contratación de Servicios y de Consultoría,  que venía prestando servicios y cuya relación
                  tales como prestaciones de empresas de servicios,  contractual haya culminado. En lo no estableci-
                  compañías de seguros, contratos de arrendamien-  do en la presente disposición, dichos contratos
                  to no financieros y del personal contratado di-  se sujetan a las normas de Contrataciones y
                  rectamente por locación de servicios, así como  Adquisiciones del Estado.
                  investigaciones, proyectos, estudios, diseños,
                  supervisiones, inspecciones, gerencias, gestiones,  Segunda.— Las transferencias de recursos que
                  auditorías, asesorías y peritajes de acuerdo a:  el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de
                                                              la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, efectúe
                  - Concurso Público, si el valor referencial es igual  a favor de los gobiernos locales en el marco de las
                  o superior a S/. 200 000,00.                Bases para la Estrategia de Superación de la Po-
                                                              breza y Oportunidades Económicas para los Po-
                  - Adjudicación Directa, si el valor referencial es  bres y de sus Planes de Desarrollo Municipal
                  inferior a S/. 200 000,00.                  Concertado, se realizan conforme a los Conve-
                                                              nios que para tal efecto suscriba el MIMDES con
                  La contratación de auditorías externas se reali-  los respectivos gobiernos locales. Dichos Conve-
                  za de conformidad con las normas que rigen el  nios deben precisar, entre otros aspectos, las metas
                  Sistema Nacional de Control.                e indicadores de desempeño a alcanzar y su con-
                                                              cordancia con la ejecución de los planes naciona-
                  11.2 La aplicación del presente artículo se reali-  les respectivos.
                  za en concordancia con el Texto Único Ordenado
                  de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del  Autorízase al MIMDES a efectuar, mediante re-
                  Estado – Decreto Supremo N.° 083-2004-PCM,  solución del Titular del Pliego, las Transferen-
                  su reglamento aprobado por el Decreto Supre-  cias Financieras a que se refiere el párrafo pre-
                  mo N.° 084-2004-PCM, publicados el 29 de no-  cedente, a favor de los gobiernos locales provin-
                  viembre de 2004; y, demás normas modificatorias  ciales y distritales que culminen el proceso de acre-
                  y complementarias.                          ditación, de acuerdo a lo establecido en la Ley
                                                              del Sistema de Acreditación de los Gobiernos
                  11.3 El Fondo Nacional de Financiamiento de la  Regionales y Gobiernos Locales – Ley N.° 28273.
                  Actividad Empresarial del Estado – FONAFE
                  aprueba, mediante Acuerdo de Directorio, los  Tercera.— El valor del Bono de Productividad
                  montos a partir de los cuales se rigen los proce-  a que hace referencia el artículo 63.° numeral 63.2
                  sos de selección, regulados por las normas de con-  de la Ley General del Sistema Nacional de Pre-
                  trataciones y adquisiciones del Estado, aplicables  supuesto – Ley N.° 28411, será financiado ínte-
                  a las empresas bajo su ámbito. El mismo proce-  gramente con cargo a los ahorros que se produz-
                  dimiento es aplicable al Banco Central de Reser-  can en la gestión del presupuesto institucional
                  va del Perú.                                de la Entidad.

                       Disposiciones Complementarias          El Ministerio de Economía y Finanzas queda
                         Disposiciones Transitorias           autorizado a otorgar recursos para la adquisición
                                                              de los bienes y equipos necesarios para el cum-
                  Primera.— Los Pliegos, previa evaluación, pue-  plimiento de las funciones de la entidad con que
                  den prorrogar, directa y sucesivamente, los con-  se firme el convenio para el año fiscal 2006.
                  tratos de locación de servicios o servicios no per-
                  sonales suscritos con personas naturales, que  Durante el año fiscal 2006, no se suscribirá con-
                  se hayan encontrado vigentes al 31 de diciem-  venios de administración por resultados con en-
                  bre de 2003 y que hayan sido objeto de prórroga  tidades bajo el Régimen Laboral de la Actividad
                  o reemplazo durante los años fiscales 2004 ó  Privada.
                  2005, en el marco de la Cuarta Disposición Com-
                  plementaria y Transitoria de la Ley N.° 28128 o  Cuarta.— Exceptúase al Gobierno Regional de
                  la Segunda Disposición Complementaria y Tran-  Huancavelica del límite de transferencias fijado
                  sitoria de la Ley N.° 28427, respectivamente.  en el inciso a.5 de la Novena Disposición Transi-
                  Entiéndese por prórroga la ampliación del pla-  toria de la Ley N.° 28411, a fin de otorgar incen-
                  zo del contrato, la misma que para ser válida  tivos laborales a través del CAFAE, hasta por un
                  debe realizarse antes de su vencimiento. Asi-  monto de CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
                  mismo, se pueden celebrar nuevos contratos de  100,00), con cargo a su presupuesto institucional,
                  locación de servicios o servicios no personales,  no demandando recursos adicionales al Tesoro
                  siempre y cuando sea para el reemplazo de aquel  Público.


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