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PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2001 - Diario de los Debates  2463
                  dados, los cuales serán destinados a la recupera-  fundaciones, comités, y fondos orientados, entre
                  ción de las inversiones realizadas o previstas por  otros, a incentivos, entregas, programas o activi-
                  el Pliego, materia de la indemnización, seguros,  dades de bienestar, no podrán ser mayores a los
                  garantías o cláusulas penales y análogas a pro-  montos aplicados a diciembre del año 2001.
                  veedores, contratistas y similares.
                                                              Las mencionadas transferencias deben estar pre-
                  Artículo 31. .— Aprobación de los Cuadros   vistas en el Presupuesto Institucional del Pliego.
                             o
                  para Asignación de Personal
                                                              El incumplimiento de lo señalado en los párrafos
                  Los Cuadros para Asignación de Personal - CAP  precedentes acarrea la nulidad de las transferen-
                  se aprueban mediante resolución suprema, re-  cias realizadas, sin perjuicio de la responsabili-
                  frendada por el Titular del Sector al que perte-  dad exclusiva del funcionario del Pliego que apro-
                  nezca el Pliego. En el caso de los Organismos  bó tal acto, así como del Titular del Pliego o el
                  Constitucionalmente Autónomos y los Gobiernos  que haga sus veces en la entidad.
                  Locales, éstos se aprueban mediante resolución
                  del Titular del Pliego.                     Quinta.— Queda sin efecto toda disposición le-
                                                              gal que establezca la distribución porcentual con
                       Disposiciones Complementarias          cargo a Fuentes de Financiamiento distintas a la
                                                              de ‘Recursos Ordinarios’, para el otorgamiento
                         Disposiciones Transitorias           de subvenciones a personas naturales, incenti-
                                                              vos y estímulos económicos, bajo cualquier deno-
                  Primera.— Las demandas adicionales de gasto  minación, al personal del Sector Público, mante-
                  no previstas en la presente Ley deberán ser cu-  niéndose las sumas que sirvieron de base para
                  biertas exclusivamente por el Pliego correspon-  efectuar el último pago por subvenciones, incen-
                  diente, en forma progresiva, tomando en cuenta  tivos o estímulos económicos, en el marco del
                                                                                 o
                  el grado de prioridad en su ejecución y sujetán-  Decreto Legislativo N.  847.
                  dose estrictamente a la disponibilidad de recur-
                  sos del Presupuesto de la entidad, en el marco  Sexta.— Dentro de los treinta (30) días siguien-
                  de lo dispuesto por las Normas I y II del Título  tes de publicada la presente Ley, el Ministro de
                  Preliminar de la Ley N.  27209 - Ley de Gestión  la Presidencia y los Ministros a cargo de los Sec-
                                      o
                                                              tores de Educación; Salud; Agricultura; Pesque-
                  Presupuestaria del Estado.
                                                              ría; Trabajo y Promoción Social; Transportes,
                                                              Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Ener-
                  Segunda.— Los ingresos que se generen como  gía y Minas; Industria, Turismo, Integración y
                  consecuencia de la gestión de los Centros de Pro-  Negociaciones Comerciales Internacionales, emi-
                  ducción y similares de las universidades públi-  tirán, en relación a la gestión de las Direcciones
                  cas, deben ser utilizados para cubrir los costos  Regionales Sectoriales a cargo de los Consejos
                  de operación, inversiones y cargas impositivas de  Transitorios de Administración Regional -
                  los centros generadores de ingresos. De existir  CTARS, dictarán a través del decreto supremo
                  saldos disponibles, éstos podrán ser utilizados en  correspondiente que será refrendado también por
                  el cumplimiento de las metas presupuestarias que  el Ministro de Economía y Finanzas, las siguien-
                  programe el Pliego, en el marco de la autonomía  tes disposiciones relacionadas a:
                                          o
                  establecida en el artículo 18.  de la Constitución
                  Política del Perú, y artículos 1.  y 4.  de la Ley  a) Ejecución del gasto en las respectivas Direc-
                                             o
                                                  o
                  N.  23733 – Ley Universitaria.              ciones Regionales Sectoriales.
                    o
                  Tercera.— El Saldo de Balance de la Fuente de  b) Transferencias de asignaciones presupuestales
                  Financiamiento Participación en Rentas de Adua-  entre los Consejos Transitorios de Administra-
                  nas generado al cierre del año fiscal 2001 en el  ción Regional, en lo que respecta a los recursos
                  Presupuesto del Pliego Consejo Transitorio de  asignados a las Direcciones Regionales Sectoria-
                  Administración Regional del Callao, constituye  les y a sus respectivas Unidades Ejecutoras.
                  recurso de la mencionada entidad, y se incorpo-
                  ra en su presupuesto vía crédito suplementario  c) Reestructuración organizacional y presupues-
                  mediante resolución del Titular del Pliego, en la  taria de las Direcciones Regionales Sectoriales de
                  citada fuente de financiamiento.            los Consejos Transitorios de Administración Re-
                                                              gional - CTARS.
                  Cuarta.— Las transferencias dinerarias por toda
                  Fuente de Financiamiento a favor de personas  Las citadas disposiciones, que se aprobarán res-
                  jurídicas nacionales, tales como asociaciones,  petando las Medidas de Austeridad, Racionalidad


                                                                         MATINAL) 27-11-2001 - Diario de los Debates
                                                                  S S S S SESIÓNESIÓN 32. 32.  ( (  ( (  (MAMATINALTINAL)) 27-11-2001 -  27-11-2001 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
                                                                         MATINALTINAL)) 27-11-2001 -  27-11-2001 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
                                                                        ° ° ° ° °
                                                                   ESIÓN 32. 32.
                                                                   ESIÓN 32.
                                                                   ESIÓN
                                                                         MA
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