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Tratamiento de los Gastos Devengados y Las modificaciones presupuestarias en el Nivel
de los Compromisos de Gasto a la culmi- Funcional Programático, se formaliza trimes-
nación del año fiscal tralmente, con Resolución del Titular del Plie-
go Presupuestario, a propuesta de la Unidad
Artículo 38º. Los Gastos Devengados y no Gestora, para cuyo efecto, las Unidades Eje-
pagados al 31 de diciembre de cada año fiscal, se cutoras informan a la Oficina de Presupuesto o
cancelan durante el año fiscal siguiente, con car- la que haga sus veces, la ejecución realizada du-
go a la disponibilidad de recursos existentes a la rante el período. El Titular del Pliego Presupues-
fecha señalada. tario puede autorizar la aprobación de la citada
formalización, a través de la delegación expresa
Los Compromisos de Gasto no devengados al 31 de facultades, al Jefe de la Unidad Gestora.
de diciembre de cada año fiscal pueden afectar-
se al ejercicio siguiente, imputando los mismos La Oficina de Presupuesto o la que haga sus ve-
a las asignaciones presupuestarias aprobadas ces, es responsable del seguimiento, control de
para el nuevo ejercicio. las modificaciones presupuestarias y de la infor-
mación de la ejecución de los ingresos y gastos
Sección III: Modificaciones Presupuestarias de la o las Unidades Gestoras, teniendo como
marco los niveles de Asignación Presupuestaria
Modificaciones Presupuestarias a Nivel autorizada.
Orgánico y Funcional Programático
Capítulo IV
Artículo 39º. Constituyen modificaciones
presupuestarias: los Créditos Suplementarios, Control y Evaluación
las Habilitaciones y Transferencias de Partidas,
así como los Créditos y Anulaciones Presupues- Control Presupuestario y Control de la
tarias. Legalidad
Son modificaciones presupuestarias en el Nivel Artículo 40º. El control presupuestal que
Institucional, al que se refiere el inciso a) del ejerce la Dirección Nacional del Presupuesto
artículo 9º de la presente Ley, los Créditos Su- Público, consiste en el seguimiento de los nive-
plementarios, Habilitaciones y Transferencias de les de ejecución de los ingresos y de los gastos
Partidas. respecto al Presupuesto Autorizado y sus modi-
ficaciones.
Se denomina Créditos Suplementarios, los in-
crementos de los montos autorizados de ingre- La Contraloría General de la República y los
sos y egresos, debiendo ser aprobados por Ley. Órganos de Control Interno de las Entidades del
Sector Público ejercen el control gubernamen-
Se denomina Habilitaciones y Transferencia de tal del Presupuesto, comprendiendo el control
Partidas, los traslados de recursos entre Pliegos de la legalidad y el de gestión, según lo estipula-
Presupuestarios, debiendo ser autorizados por do en las leyes del Sistema Nacional de Control.
Ley.
El Congreso de la República fiscaliza la ejecu-
Son modificaciones presupuestarias en el Nivel ción presupuestaria y revisa y aprueba la Cuen-
Funcional Programático, al que se refiere el in-
ciso b) del artículo 9º de la presente Ley, los Cré- ta General de la República.
ditos y las Anulaciones Presupuestarias que se
realicen entre las Actividades y Proyectos de un Responsabilidad en el Compromiso y el
Pliego Presupuestario, debiendo ser autorizadas Pago
mediante Resolución del Titular.
Artículo 41º. Ningún funcionario o servidor
Son Créditos Presupuestarios, la mayor asigna- público puede realizar Compromisos, disponer
ción de recursos para atender el financiamiento y/o efectuar Pagos, si no cuenta con las respecti-
de Actividades y Proyectos, con cargo a Anula- vas asignaciones autorizadas en el Presupues-
ciones de otras Actividades y Proyectos o a sal- to.
dos de recursos provenientes de economías re-
sultantes en la ejecución presupuestal.
Asume responsabilidad solidaria, tanto el Titu-
Son Anulaciones Presupuestarias, la supresión lar del Pliego Presupuestario como el funciona-
total o parcial de Actividades y Proyectos, con- rio o servidor que comprometa o realice pagos
siderados no prioritarios durante la ejecución por montos mayores a la autorización presupues-
presupuestal. taria.
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