Page 102 - 1995\Debate-1995\Debate(5)
P. 102
c) Las evaluaciones institucionales de los Pro- gubernamentales como privadas, ningún funcio-
gramas de Mejora del Gasto Social Básico den- nario del gobierno peruano, puede percibir re-
tro, de los cinco (5) días de efectuadas. Estas eva- muneraciones en moneda extranjera, o su equi-
luaciones también son remitidas a la Presiden- valente en moneda nacional, ni asignaciones,
cia del Consejo de Ministros. superiores en total a las que recibe el responsa-
ble del programa nacional al que corresponda
Capítulo IV: Control Presupuestario dicho convenio. Esta condición debe consignarse
obligatoriamente en los convenios que se suscri-
Artículo 21º. Corresponde al Congreso de la ban y constituyen normas permanentes de apli-
República fiscalizar la ejecución del Presupues- cación en la administración pública.
to del Sector Público, de conformidad con la pre-
sente ley y normas complementarias. Las restricciones antes citadas comprende a to-
das las acciones de personal que bajo cualquier
La Contraloría General de la República y los nomenclatura o denominación y fuente de
Órganos de Control Interno de cada entidad que- financiamiento tengan la misma naturaleza de
dan encargadas de cautelar el estricto cumpli- las acciones materia de prohibición.
miento de la presente ley.
II. En Bienes, Servicios, Transferencias Corrien-
Título Segundo tes y Gastos de Capital, queda prohibido:
Normas de Seguridad a) Celebrar nuevos contratos de servicios no per-
sonales con personas naturales para el desempe-
Artículo 22º.En la ejecución de sus presu- ño de funciones de carácter permanente conte-
puestos, los organismos del Sector Público com- nidas en el Reglamento de Organización y Fun-
prendidos en los volúmenes 01, 02, 03, 05 y 06, ciones.
con excepción de las empresas pertenecientes a
los Gobiernos Regionales y Locales, se sujetan a b) La contratación de servicios en moneda ex-
las restricciones del gasto contenidas en el pre- tranjera o indexados a ésta.
sente Título.
c) Aumentar el racionamiento, la movilidad lo-
I. En materia de remuneraciones queda prohibi- cal, las subvenciones a personas naturales, el
do realizar las siguientes acciones: refrigerio y la movilidad y otras transferencias
que se efectúen regularmente en forma pecunia-
a) Efectuar nombramientos. ria e individual y sin los requisitos de laborar en
horas extraordinarias o del desplazamiento del
b) Celebrar nuevos contratos de personal bajo personal fuera de sus centros de trabajo para el
cualquier forma o modalidad. desarrollo de labores oficiales.
c) Efectuar reasignaciones de personal, en con- d) Habilitar mediante transferencia de asigna-
cordancia con el Artículo 3º del Decreto Ley Nº ciones, las siguientes específicas de gasto: Aten-
25957. ciones Oficiales y Celebraciones; Distintivos y
Condecoraciones.
d) Crear, modificar o recategorizar plazas con
relación a las que estén ocupadas al 31 de diciem- El titular del pliego es responsable del cumpli-
bre de 1995. miento y aplicación de todas estas restricciones
en la ejecución del gasto público.
e) Incrementar remuneraciones cualquiera sea
la denominación, sistema, modalidad o periodi- Artículo 23º. Quedan exoneradas de las pro-
cidad. hibiciones contenidas en el Artículo 22º de la
presente ley, las siguientes acciones:
f) Efectuar gastos por concepto de horas extraor-
dinarias. I. En cuanto a plazas:
g) Realizar pagos en moneda extranjera o suel- a) Las que se efectúen mediante ascenso.
dos indexados a ésta.
b) El personal de confianza autorizado por Reso-
h) En los convenios de Cooperación Externa, de lución Suprema sin exceder el porcentaje seña-
índole técnico o financieros suscritos, vigentes o lado en el Decreto Ley Nº 25957.
que se celebren con organismos internacionales,
agencias extranjeras y agencias bilaterales tanto c) El reemplazo de cargos directivos y profesio-
1632