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Vaso de Leche financian la ración alimenticia dia-  reproductores con la finalidad de su distribución
                  ria compuesta por leche y/o alimento equivalen-  entre la población de extrema pobreza.
                  te: avena, soya, quiwicha, quinua, o cualquier
                  otro alimento, prioritariamente producidos en la  Adicionalmente, autorízase al PRONAA a sus-
                  zona, utilizado por los pobladores de una región  cribir convenios y/o contratos con los producto-
                  o zona como desayuno, de acuerdo a sus hábitos  res nacionales, para el abastecimiento de alimen-
                  de consumo; así como otros insumos que com-  tos que requieren sus programas de apoyo, com-
                  plementen o mejoren el valor nutritivo de la ra-  prometiendo la producción agrícola, pecuaria,
                  ción. Todos los excedentes que se generen como  agroindustrial o hidrobiológica de 1997, hasta el
                  resultado del uso alternativo de donaciones en  límite de la asignación presupuestal autorizada
                  especie de los productos antes mencionados, se  en 1996 para la adquisición de alimentos.
                  orientan, necesariamente, a la adquisición de ali-
                  mentos complementarios para el Programa del                Título Final
                  Vaso de Leche.
                                                                 Disposiciones Transitorias y Finales
                  El Ministerio de Economía y Finanzas autoriza
                  los calendarios de compromisos y los giros de los  Primera.— Los Pliegos Ministerio de Educación,
                  recursos asignados al Programa del Vaso de Le-  Ministerio de Salud, Poder Judicial, Ministerio
                  che, a nivel de Concejos Distritales y Provincia-  Público e Instituto Nacional de Salud, continúan
                  les, conforme a los índices de distribución que  con la mejora de la calidad de los servicios socia-
                  para tal efecto determine, con excepción de los  les, teniendo en cuenta los Lineamentos Básicos
                  Concejos Provinciales de Lima Metropolitana y  de Política Social aprobados por la Comisión
                  la Provincia Constitucional del Callao.     Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) y lo
                                                              dispuesto en el Reglamento Funcional del Plan
                  El Órgano Rector del Sistema Nacional de Con-  de Mejora del Gasto Social Básico, el que se aprue-
                  trol asume la responsabilidad de la supervisión y  ba por Resolución Suprema.
                  control del gasto de los distritos que integran la
                  provincia; para cuyo efecto los Concejos Distri-  Segunda.— Los presupuestos de gastos, las dis-
                  tales, bajo responsabilidad, rinden cuenta den-  posiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
                  tro de los quince (15) días siguientes de vencido  las funciones del Ministerio Público y la aplica-
                  el mes, a la Contraloría General de la República  ción del Código Procesal Penal, se financian con
                  del gasto efectuado.                        las asignaciones presupuestarias aprobadas para
                                                              1996. Los gastos adicionales no previstos en la
                  Los intereses generados por depósitos en el sis-  presente ley se atenderán en forma progresiva
                  tema financiero, de los recursos correspondien-  cuando se fije su forma de financiamiento, en
                  tes al Programa del Vaso de Leche se incorporan  armonía a lo dispuesto por los Artículos 12º y
                  al Presupuesto Municipal previamente a su eje-  13º de la Ley Nº 26199.
                  cución y se destinan a la adquisición de insumos
                  y/o gastos de operación del citado programa.  Tercera.— El pago de las obligaciones contraí-
                                                              das hasta el 31 de diciembre de 1995 de acuerdo
                  Artículo 34º.— El Programa Nacional de Asis-  a lo dispuesto por los Artículos 33º y 34º de la
                  tencia Alimentaria —PRONAA— atenderá con    Ley Nº 26199 —Ley Marco del Proceso Presu-
                  alimentos prioritariamente de origen nacional,  puestario del Sector Público— se efectúan por la
                  a los comedores: populares, autogestionarios, co-  Dirección General del Tesoro Público con cargo
                  munales, parroquiales, de "Clubes de Madres" en  a los recursos del Ejercicio Fiscal siguiente, sin
                  el Marco de la Ley Nº 25307 y otros afines de  modificar las asignaciones presupuestarias au-
                  acuerdo a su competencia.                   torizadas.

                  Para casos sociales, a los enfermos tebecianos,  Cuarta.— Exceptúase al Ministerio de Relacio-
                  niños y ancianos abandonados, discapacitados  nes Exteriores de lo dispuesto en el Artículo 24º
                  físicos y mentales, y las familias en situación de  de la presente Ley, sólo en lo que se refiere a la
                  indigencia, dotará con recursos suficientes de la  percepción de las Tasas por Legalización e In-
                  ración alimentaria.                         gresos Consulares del Servicio Exterior de la
                                                              República.
                  Prorróguese durante el ejercicio presupuestal de
                  1996 la aplicación de los Decretos de Urgencia  Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exterio-
                  Núms. 016-95 y 054-95; así como el Decreto Su-  res queda exceptuado del requisito de licitación
                  premo Nº 29-94-PCM referido a la autorización  pública, concurso público de precios y concurso
                  al PRONAA, a adquirir directamente de los pro-  público de méritos para la adquisición directa de
                  ductores, productos agrícolas y animales    vehículos e inmuebles en el exterior que se efec-


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