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S.XIX.




          El control parlamentario


          en el Perú



                                      SUMARIO


                                      INTRODUCCIÓN. I. CONSTITUCIÓN  POLÍTICA DE LA
                                      REPÚBLICA PERUANA 1823. II. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
                                      LA REPÚBLICA PERUANA (CONSTITUCIÓN VITALICIA) 1826. III.
                                      CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA PERUANA 1828
                                      (CONSTITUCIÓN  LIBERAL).  IV. CONSTITUCIÓN  POLÍTICA
                                      DE LA REPÚBLICA PERUANA 1834.  V. CONSTITUCIÓN
                                      POLÍTICA  DE LA REPÚBLICA PERUANA (CONSTITUCIÓN
                                      DE HUANCAYO) 1839.  VI. CONSTITUCIÓN  POLÍTICA  DEL
                                      PERÚ 1856. VII. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ 1860.
                                      VIII. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ 1867 REFLEXIÓN
                                      FINAL. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.









          INTRODUCCIÓN


          De acuerdo con la doctrina, el Parlamento es el órgano de representación popular por excelencia,
          dada su naturaleza electiva, desde el S. XVIII. Asimismo, siendo un órgano consustancial al Estado
          democrático, dada su condición representativa, y siendo el titular de las funciones legislativa y
          presupuestal,  mantiene  una  supremacía frente  a los  poderes Ejecutivo  y  Judicial . En su  seno,
                                                                                1
          destacan la pluralidad de intereses, valores y opiniones de la sociedad, y su función es controlar el
          ejercicio del poder. Por ello, la función parlamentaria y el mandato representativo responden a las
          atribuciones que tiene la institución y a su obligación frente al elector.

          Teniendo en consideración el sistema de contrapesos que debe existir para impedir el abuso del
          poder y defender los intereses del representado , el control parlamentario constituye una función
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          inherente y primordial del Parlamento que consagra el principio de separación de poderes y per-
          mite la existencia de equilibrio entre aquellos. En ese sentido, se ejerce en todo el ámbito de la






          1  SANTAOLALLA LÓPEZ, F. (1990). Derecho parlamentario español. Madrid: Espasa Calpe. Pág, 63-66.
          2  «Las necesidades de otros países en relación con la división de poderes pueden ser distintas. Lo que importa es solamente
            que se impida de manera efectiva el abuso de poder». HABERLE, P. (2003). El Estado Constitucional. Lima: Fondo Editorial
            de la Pontificia Universidad Católica Perú,p.206
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