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VIII. INSERCIÓN DE LA LEY EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO


                       La inserción de la ley en el ordenamiento jurídico se realiza mediante
                       la promulgación y publicación de la ley en el diario oficial El Peruano.


                       a)  Autógrafa de ley


                           La autógrafa de ley es el documento que contiene el texto de
                           la ley aprobada por el Pleno del Congreso  de la República  o
                           por la Comisión Permanente, que se envía al presidente de la
                           República para su promulgación.

                       b)  Estructura de la autógrafa de ley


                           La autógrafa tiene la siguiente estructura:


                           1)  Fórmula inicial
                           2)  Título de la ley aprobada
                           3)  Texto dispositivo
                           4)  Fórmula de comunicación
            72             5)  Lugar y fecha de la emisión de la autógrafa
                           6)  Firmas
             Manual de Técnica Legislativa  c)   Descripción de la estructura de la autógrafa de ley
                           7)  Fórmula final






                           1)  Fórmula  inicial.  Indica el órgano que aprobó la norma.
                               Puede ser el Pleno del Congreso o la Comisión Permanente,
                               con letra mayúscula y en el margen izquierdo, seguido, a un
                               espacio, de la expresión Ha dado la Ley siguiente, salvo que
                               se trate de otro tipo de norma.



                                  EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
                                  Ha dado la Ley siguiente:
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