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VIII. INSERCIÓN DE LA LEY EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
La inserción de la ley en el ordenamiento jurídico se realiza mediante
la promulgación y publicación de la ley en el diario oficial El Peruano.
a) Autógrafa de ley
La autógrafa de ley es el documento que contiene el texto de
la ley aprobada por el Pleno del Congreso de la República o
por la Comisión Permanente, que se envía al presidente de la
República para su promulgación.
b) Estructura de la autógrafa de ley
La autógrafa tiene la siguiente estructura:
1) Fórmula inicial
2) Título de la ley aprobada
3) Texto dispositivo
4) Fórmula de comunicación
72 5) Lugar y fecha de la emisión de la autógrafa
6) Firmas
Manual de Técnica Legislativa c) Descripción de la estructura de la autógrafa de ley
7) Fórmula final
1) Fórmula inicial. Indica el órgano que aprobó la norma.
Puede ser el Pleno del Congreso o la Comisión Permanente,
con letra mayúscula y en el margen izquierdo, seguido, a un
espacio, de la expresión Ha dado la Ley siguiente, salvo que
se trate de otro tipo de norma.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente: