Page 17 - Boletin de la Comisión de Trabajo
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CONFERENCIA INTERNACIONAL: “ANÁLISIS COMPARADO DE LA
NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL PERÚ Y ESPAÑA: BALANCE
Y PERSPECTIVAS”
Evento internacional realizado el día 21 de junio de 2019 en el Hemiciclo Raúl Porras Este criterio nos permite establecer que, si las remuneraciones de los servidores públicos se
Barrenechea del Palacio Legislativo. determinan en la Ley de Presupuesto del Sector Público de cada Año Fiscal, aparece el
Participó como invitado especial el doctor Eduardo López Ahumada, doctor en Derecho de la escenario oportuno y pertinente para poder discutir o negociar la fijación y determinación de
Universidad Alcalá de Henares de España y profesor titular de dicha casa de estudios en los beneficios económicos de los trabajadores públicos siempre que se respete el límite
materia de Derecho de Trabajo y de la Seguridad Social, Director del Instituto Universitario constitucional del presupuesto equitativo y equilibrado establecido por nuestra Carta
de Investigación en Estudios Latinoamericanos, Director de la Revista “Estudios Fundamental.
Latinoamericanos de Relaciones Laborales y Protección Social”, p ublicada por Cinca Esta situación genera la necesidad de desarrollar normativamente el derecho constitucional
Ediciones, y a Autor de diversos libros como “Derecho del Trabajo y Derechos Humanos”, de la negociación colectiva en el sector público, encargo asumido por la Comisión de Trabajo
“Multinacionales y Empresas de Estructura Compleja”, “Migraciones y movilidad humana”, y Seguridad Social, y que ha cumplido con la elaboración de un predictamen sobre el tema
”Solidaridad y universalidad efectiva de la Seguridad Social”, “ Globalización y Dumping que se encuentra pendiente de ser aprobado.
Social en Latinoamérica”, entre otros. Hemos apreciado que esta problemática no es de nuestra exclusiva, sino también ha
aparecido en otras latitudes, de allí que la brillante exposición del conferencista
internacional Eduardo López Ahumada sobre el modelo de negociación colectiva aplicable
en España, resulta importante como derecho comparado de valiosa utilidad para el debate
que se viene desarrollando en el parlamento peruano.
Participaron como conferencistas, el doctor Adolfo Ciudad Reynaud, profesor de Derecho
del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de
estrategia procesal y litigación oral en materia laboral de la Pontificia Universidad Católica
del Perú, Past Presidente de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social, consultor externo en materia de la legislación del trabajo de la Organización
Internacional de Trabajo – OIT en El Salvador, Honduras, Guatemala, Haití, Panamá
República Dominicana; y también el doctor Leopoldo Gamarra Vilchez, coordinador de la
Maestría de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Nacional Mayor
de San Marcos, magister en Economía y Relaciones Laborales por la Pontificia Universidad
Católica del Perú y master en Seguridad Social por la Universidad Alcalá de Henares de
España.
El derecho a la negociación colectiva en el sector público, genera repercusiones directas en
el presupuesto estatal, toda vez que las condiciones de trabajo o de empleo en la
administración pública se financian con los recursos de los contribuyentes y de la Nación, de
allí que el principio del equilibrio presupuestal constituye un límite a la negociación colectiva.
Sin embargo, la existencia del límite presupuestario no puede llevarnos a entender a la
negociación c olectiva en la administración pública como derecho vacío o ineficaz, puesto
que una interpretación en ese sentido sería contraria a la concepción de la constitución
como norma jurídica.