Page 144 - Reglamento del Congreso 2012
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a) 131 pedido de vacancia se formula mediante moción de

                          orden del día, firmada por no menos del veinte por

                          ciento del número legal de Congresistas, precisándose

                          los fundamentos de hecho y de derecho en que se
                          sustenta, así  como de los documentos que lo acrediten

                          o, en su defecto, la indicación del  lugar donde dichos

                          documentos se encuentren. Tiene preferencia en el
                          Orden del  Día y es vista  antes que cualquier otra

                          moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido,

                          copia del mismo se remite, a la mayor brevedad, al

                          Presidente de la República.



                     b) Para la admisión del pedido de. vacancia se requiere

                          el voto de por lo menos el  cuarenta por ciento

                          de Congresistas hábiles. La votación se  efectúa
                          indefectiblemente en la siguiente sesión  a aquella

                          en que le dio cuenta de la moción.



                     e) El Pleno de! Congreso acuerda  día y hora para el

                          debate y votación del  pedido de vacancia, sesión que

                          no puede realizarse antes del  tercer  día siguiente a
                          la votación de la admisión del pedido ni después del

                          décimo, salvo que cuatro quintas partes del número

                          legal de Congresistas acuerden un plazó menor o
                          su debate y vótación inmediata. Si fuera necesario

                          se cita, para este efecto, a una sesión especial. El

                          Presidente de la República cuya vacancia es materia

                          del pedido puede ejercer personalmente su derecho de
                          defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta

                          minutos.




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