Page 22 - Constitución para la República del Perú: Dictada por la Asamblea Nacional de 1919 y promulgada el 18 de enero de 1920
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18 COKS'ITJ'C'CT6~ Dl~I, P.ST.\00
1 ')-Ser peruano de nacimiento;
2~·-Ciudada110 en ejercicio;
J -T'e11er veinticinco años ele edad;
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+v-Ser natural del Dcpartamentn a 'JUe la pro\'incia
pcrtcne:,:ca o tener en él dos años ele re-;idencia cle-
bidamcnlc comprobada.
Artírnlo í5º-I'ara ser Se1wdCJr se requiere:
1'-Ser peruano de nacimiento;
1
2Q-Ciudadano en ejerciciC1:
3i:>-Tener treinticinco afíns de edad.
1
Artículo 7(>"'-X o pueden 5l'r e cg-idos Senador 11nr ningún Departa-
mento. ni Dipntadl) por ninguna provincia:
l"-EI Presidente ele la República. l\Tinistros de Estado,
1 'refectos. Sub-Prefectos y Gobernadores, si no han
dt>jacln el cargo do::; meses antes ele !a elección;
~-L0s Vocales y Fi:;cales de la Corle Suprema, 103
\ ocales y fiscales de las Cortes Superiores y loi5
Jueces de Primera Instancia y A gen Les Fiscales;
3~-Los empleados públicos que puedan ser removidos
directamente por el Poder Ejecutivo y los Milita-
res que estén en :,ervicio en la época de la elección;
4('-Los ~\rzohispus, Ohispos, Cobernadnres eclesiásti-
cos. Vicuios rnpitulares y pro,·isores por los De-
rartamcntos o pro\'incias de sus respectivas dióce-
si..; y lr,s curas por las pwvincias a que perlenczcan
sus parroquias.
1
A rtírnlo 77'-Hay incompatihi1idac1 entre el mandato Legislativo y
todo cmple(1 público. sea de la . \dministraciún ~acio-
nal. sea ele la local. Los empleados de Beneficencia o
de Sociedades dependientes en cualquier [orma del L~s-
laclo, -;e hallau incluíuos en esta incnmpatihilidacl.
A rtírnlo 78''-El Cune;reso Ordinario 5::> reunirá todos los afios el, ein-
tiocho de julio, con con,·f>catPria o sin ella: y f unciona1·á.
cuando menos. nov\•nta dias en el año y ciento vtinte
dí<t~ cuando más. El Cong-reso e::draor<líñario será con-
,-ocad,> pnr el Poder Ejecutivo cuando lo juzgue necesa-
rin.
En el caso en cruc nn ~r huhiese sancionado el Pre-
«upucstn. Fl CnngTeso Ordinario no podrá clausurarse
sino vc.-ncido su perínclo máximn. El Cong-rcso Extraor-
dinario terminarú, llenado que hubiese el objeto de su