Page 33 - Constitución para la República Peruana
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se mo~lraba ccmw inc,-itaWe. Por una ventura inaudita en }os
anales de !ns 11,nLio11c~, hcioo-= Yisto emplear el Poder absoluto
en rcst.aLlccer f'l impcl'io ,te foc; lcy<'s, y en prepo.rnr el camino
p~w1 couclucirnoi; á la. liuertacl rnciuual, ohjclo de nuesl ros volos
y <le nur~tr:\s m:i.s caras espcranzns. Pero e&ta situocion pre~
enria. <'!;le órdcm <le cosas eatraonliuur10, po<lt·in. prolougnrse siri
gf"'l,·f'<: inconvcniPntC's y pc-lig:ros? ¿Fioreinos estupiélameute á los
c:1prirhus <1C'l n.ra~o d ruit.la<lo de organizar definitivamente nues-
tro n·~iinen político? ¿ O co11senliré111os qt1e li consecnencin de
:1,r•oulrcimi~nlos desgroc·indos, que tal vez uo estan muy dislun 4
tr-. : lcrnnle ln anarqnín uuernmeute su cnucza ensangrentada!
::Kn: "1 <011sc~jo de• 0-obicrno no se mancbará con este crimert
1
por lt>ntot· á lns calumnias ele l•)S mal inlencionados que ,olo
medra11 f\ 1:\ :;oinbra <lt· l:l. discordia. Sabe que á In gran<le aJma
del Libcrtatlor le p~:1 la ilimita<la o.utol'itlatl de que c~lá re-
vestido: y ú. (}jemplo Ruyo anhela por clcprmer la. que le ha sid<>
dclegncla, ta11 luego como se log1·e el 11oble objeto de su am-
bician-ver estableeida.<; inc;titucjoncs que pongan seguros diques
~ lo. a1·bitra.ricdad y a lu licencia , los <los mas crueles azote•
que nfü1?en í1 la esprcie humana. ,
El Códi~o político pi·esentndo por c1 Libertador al Con•
greso <le Bofüia es proJuccion de u11 genio trascendental, des ..
tiria,ln {i form:tr c'.ipoca en· lc1 bjsloria <le las sociedades civHes.
Pare.dn bnstn aquí impoi-ible couciliar la mayor suma posible de
libertad y de intluencia en los cimludanos 1 con la organizacion
robustn de \10 E,iccntivo espf·<lito para llesempeñar sus impor-
tantes fünciones sin trabas pe~ju<li~iales, ni facilidad para hacerse
usurpn<lor, y de un poder L~jisJaÍivo , tan bien constituido en
todas sus p~rles, qusJ Btl3 IDO\ imiento..s no preseutan ni aun la
mera posil>ilidad rle tiranía oligárquica, u~ precipitucion en la
reJaccion tle las IPyes, ni <le choque'1 y co11_füctos paralizadores,
que son l<'s es('ollns en que se han estrellado constantemente-
la.3 nsnmblcas populares. El Con"f'jo de Gobierno no po<lia pues
trepidar en ofrecer á. la sancion uacional esta obra in&igne de
la sabiuuri.1 esperimentada, con l-\,que\las col'las modi6cacione•
que ha crcido adaplablt>f-1 i lM circunstancias de nuestro país,
ni en elerar su yoz en t'Sta ocatiiou solemne , para e-sorlnr á los
PPruauos {l que ,lcepl<'n estn. benéfica Constilucion que les pro-
mete pnra lo futuro lnrgoa <lins de rcpoao y e.Je folicídatl.
No teme el f'ou~c·jo que se le acuse, con fundamento, de
incousecuente en sus rcsolnciones, comparando la nctual , con
el decreto de l df' mnyo último. El ceuso de lo. poblacion man-
dado formar en su artículo primero, puede y debe activarse ,por
U. S. y los <lemas Senores Prefectos, o.l mismo tiempo que Fe
congreguen los Colegios Electorales para el solo acto de exa-
minar el Proyecto de Conalitucion que se les somete, y podrá
2erdr de base, como indica el art. 2., para el nombramiento
cfo los Representantes de ]a Nacion, en caso de que la Con&-
tíl 11cion .rcci ba la E-anciou que el Consejo invoca con el mas
puro anludo: cousultándose asi tt1mbie11 los lo~bles deseos emi-
tiJos eu la. re11resenfacion dfrigida al Gobierno en 21 de abril