Page 37 - Revista Institucional del Congreso de la República, 6ta Edición
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OFICIALÍA MAYOR






                    a Oficialía Mayor es el máximo órgano del   cuenta puede celebrar los contratos necesarios
                    servicio parlamentario del Congreso. Está   para garantizar el normal funcionamiento del
              L a cargo de un funcionario denominado           Congreso  y  del  servicio  Parlamentario.  Es
               Oficial  Mayor  del  Congreso,  quien  responde   nombrado  y su nombramiento revocado por
               ante el Presidente por la marcha y resultados   acuerdo del Consejo Directivo.
               de las dependencias y personal del servicio
               parlamentario.  Le  corresponde  con  este  fin   Sus atribuciones y responsabilidades, así
               la dirección, supervisión y control, directos   como las que les corresponden a los órganos
               o por delegación, de todas las actividades del   y personal del servicio parlamentario se
               servicio parlamentario dedicadas a preparar,    establecen  en  el  Estatuto  del  Servicio
               asistir, apoyar y facilitar las tareas orgánicas y   Parlamentario. Cesa en el cargo por dimisión,
               funcionales de los Congresistas.                pérdida de su condición de funcionario, retiro
                                                               o jubilación, imposibilidad para el desempeño
               El  Oficial  Mayor  tiene  la  representación  legal   del cargo, cese o revocatoria de su designación.
               de la administración, es jefe de todo el personal   En caso de ausencia o impedimento temporal,
               y cuenta  con competencia disciplinaria. Por    es  reemplazado  por  el  Director  General
               delegación del Presidente  y con cargo a dar    Parlamentario (Art. 40 RCR).































               DIRECCIÓN GENERAL

               DE ADMINISTRACIÓN






                     a  Dirección  General  de  Administración  es  un  órgano  dependiente  de  la  Oficialía  Mayor  del
                     Congreso. Tiene como responsabilidades la administración de los recursos físicos, humanos y
              L tecnológicos, los servicios, el control patrimonial, la contabilidad y la ejecución presupuestal del
               Congreso, así como la organización y el desarrollo de las licitaciones y los concursos públicos de precios
               y méritos. Está a cargo de un Director General, nombrado por la Mesa Directiva, a propuesta del Oficial
               Mayor (http://www.congreso.gob.pe/dga/).



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