Page 30 - Revista Institucional del Congreso de la República, 6ta Edición
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QUORUM Y MAYORÍA







                     ara efecto del cómputo del quorum y la verificación del resultado de las votaciones en los casos en
                  Pque se exigen mayorías especiales, se tendrán en cuenta los siguientes conceptos:

                  •  Número legal de congresistas: Ciento treinta (130).
                  •  Número hábil de congresistas: El número legal de congresistas menos el número de congresistas que
                    se encuentren de licencia acordada por el Consejo Directivo, los que se encuentren suspendidos y
                    los no incorporados. Para este efecto se considera con licencia a todo congresista que esté fuera de
                    la capital de la República, internado en clínica u hospital o enfermo en su domicilio con certificado
                    médico en el momento de hacer el cómputo correspondiente, aún si no la hubiere solicitado.


                  El quorum para la realización de las sesiones del Pleno es la mitad más uno del número hábil de
                  congresistas.  No se incluye en el número hábil a los congresistas autorizados a asistir a una Comisión
                  en las oficinas del Congreso (Art. 52 RCR).
































































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