Page 487 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Huánuco de 1812
fue avido ninguno de ellos, ni haverse presentado segun la expresion de dicho
carselero y por ser asi lo pongo por fee y diligencia.
Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escrivano de Su Magestad.
(Al margen)
Rason.— Ynmediatamente yo el Escribano siendo como las siete y me-
dia de la mañana de este dia pasé y puse estos autos al despacho del Señor
Governador Yntendente doy fee.
Ariza (Rubricado).
Huanuco y Mayo 31 de 1812.
Vistos estos autos con la anterior diligencia y resultando el que los
reos llamados no se han presentado, se les declara la rebeldia, y que se les de
traslado por el termino de dos horas y se notifique el presente, demas autos y
diligencias de esta causa en los Estrados de esta Audiencia que se les señala.
Gonsales (Rubricado).
Ante mi: Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escrivano de Su Magestad.
Luego inmediatamente siendo como las ocho de la mañana de este dia
yo el Escribano notifiqué el auto de arriva a los Estrados de esta Audiencia en
nombre de todos los reos ausentes que constan y se refieren en el Edicto de la
otra foxa y de ello doy fee.
Ariza (Rubricado).
En dicho dia siendo las dies de la mañana de el pasé, y puse estos autos
al Despacho del Señor Governador Yntendente en virtud de ser concluso el
termino de traslado consedido y de ello doy fee.
Ariza (Rubricado).
Huanuco y Mayo 31 de 1812.
Respecto a la inmensa ocupacion de este Govierno se comete al actua-
rio para que proceda a ebaquar las sitas mandadas y igualmente el reconoci-
miento de la sentencia exivida.
Gonsales (Rubricado).
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