Page 359 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Huánuco de 1812
y tomarle su confecion hice comparecer á un hombre llamado Juan Billegas
de calidad mestiso, natural y vecino de Huanuco á quien le recibi juramento
por medio de los Interpretes y lo hiso por Dios Nuestro Señor, y una señal de
Cruz, segun forma de Derecho, bajo el qual prometio decir verdad en lo que
supiere y fuere preguntado, y siendolo ál tenor de las preguntas siguientes.
(Al margen)
51.
Juan Villegas.
Ratificado a fojas 57. Quaderno 2°.
Preguntado que quien aconsejó al que declara y á los de su Pueblo,
para que se levantaran dijo: Que los Indios del Pueblo de Cani, Provincia de
Huanuco, mandaron una carta a su Pueblo de Chavinillo con Nolverto Haro,
que el que declara no vió la carta, pero si oyó hablar á Haro, y decir que el Rey
Castel, mandaba destruir á los Chapetones, y que desde entonces empezaron
á moberse los Indios; que la carta que trajo Haro, mandó que la circularan por
todos los Pueblos de este Partido de Huamalies; que despues se bolvió Haro, a
su Pueblo de Cani, y á los pocos dias escribieron los Indios de Chupan, Chu-
qui y Marias a Castillo, pidiendole gente de auxilio para el alzamiento y dicho
Castillo, les mandó a Haro, con quince hombres mas, y responde.
Preguntado que quienes nombraron de Capitanes en su Pueblo para
salir a unirse con los demas alzados dijo: Que no sabe que nombraron á nin-
guno de Capitan mas que al mismo Alcalde Antonio Ambrocio, que los Ca-
pitaneaba como tal; que salieron de su Pueblo, á unirse con los demas alzados
el Domingo quince de Marzo, que el que declara, se quedó en su Estancia
inmediata al Pueblo que por este motivo no sabe, ni puede dar razon de lo
mas que sucedio, y responde que lo que lleva dicho, y declarado es la verdad
so cargo del juramento que fecho tiene en el que se afirmó, y ratificó siendole
leida esta su Declaracion, que es mayor de Cincuenta años y la firmó conmigo,
y Testigos á falta de Escribano.
Mais y Arcas (Rubricado). Juan Billegas (Rubricado). Testigo: Urbano
Zugasti (Rubricado). Toribio Figueroa (Rubricado). Jose de Eguizabal (Rubri-
cado). Manuel Huete (Rubricado).
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