Page 125 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            qual ofreció desir la berdad de lo que supiere y fuere preguntado y siéndolo
            con arreglo al Ynterrogatorio expuso lo siguiente.
                    (Al margen)
                    A la 1ª.- Que el declarante estubo en su sitado Pueblo quando Don
            Domingo Berrospi llegó a él de Juez Comicionado, y asistió siempre á su pre-
            sencia con su Comunidad, y nunca oyó a Berrospi se produgese en términos
            sediciosos, ni aconsejando á su Comunidad á que no pagasen trivutos, ni me-
            nos que tragese á consideración para nada á Casteli: Que al contrario propuso
            a los Yndios el darles sien piezas en plata para que pagasen sus trivutos con la
            calidad de que les diesen quatro operarios que fuesen á trabajar á su Hasienda de
            Montaña alternatibamente por meces hasta debengar dicha cantidad y responde.
                    (Al margen)
                    A la 2a.- Que ignora por que desde que se retiró Don Domingo Be-
            rrospi de su Pueblo cayó enfermo el que declara y responde.
                    (Al margen)
                    A la 3a.- Que se remite á la primera pregunta y responde.
                    (Al margen)
                    A la 4ª.- Que se remite a lo expuesto y responde.
                    (Al margen)
                    A la 5ª.- Dijo que lo único que puede desir es que bio asotar á quatro
            de Chupan, y dos de Marias ignora la causa por que á exepción de un José
            Alejo del Pueblo de Chupan a quien después de aserle morder el dedo con la
            llave de un fusil le pegaron su soba á presencia del que declara preguntándole
            para que digise si el mismo havía robado el tabaco del rey: y que al declarante
            también le pegaron treinta asotes por que dijo que José Lucas el Alcalde hera
            el único que en la Sublebación andaba con los insurgentes, y que á oydo decir
            que azotaron a muchos para que declararan pero ignora que clase de declara-
            ción y responde.
                    (Al margen)
                    A la 6ª.- Que es público, y notorio, y de pública voz y fama, y la ber-
            dad de lo que sabe y puede desir bajo del juramento que fecho tiene en que se
            afirmó y ratificó, que no le tocan las generales de la ley, no firmó por no saber
            escribir y lo hiso Su Señoría con el Protector é Yntérprete de que doy fe.
            Josef Gonsales de Prada (Rubricado). José de Binia (Rubricado). José Canal
            (Rubricado). Ante mi: Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado).





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