Page 365 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
oía que dichos indios arruinaba quantos quería, por esta inxpresión se excijió
á llevarme presa, más le supliqué que no havía incurrido en delito por tanto
persegirme y se combino el dejarme recibiéndome sinco pesos que me los
pidió. Este era el modo de vivir que tenía Manuel Cocido conmigo y demás
becinos de mi barrio considerándome yo no tener causa para estos echos paso
a postrarme a los pies de Vuestra Señoría dándole parrte de lo acaecido y su
Superior Justificación mandó se me restituiese el dinero y ignoro si huviese
oblado por que así lo prometió dicho Cosido de entregar y yo e sido condusida
á esta Prisión á causa de las suposisiones falsas que por encubrir sus echos al
citado Cosido me sindicó sin ser cómplice á cosa alguna. Mi caxa disen que
la pasaron á casa del Alferes Real de la casa de Don Francisco Carrtaxena á
donde la puse sacándola de la Yglesia y así dicha caja se puede registrar y no se
hallará lo ageno sino dose baras y media de Indiana que la compré del Correo
por lo espreso con verdad todo esto en lo que me ha acaecido siniestramente y
ocurro al Superior amparo de Vuestra Señoría para que mirándome con ojos
de piedad y los días de prisión que padesco, me atienda en caridad para que se
conseda mi soltura que espero estienda su poderosa mano dandome por libre
y esemta de qualesquiera sindicato falso que se me hubiese siniestramente
puesto demanda por todo lo qual.
(Al margen)
A Vuestra Señoría pido y suplico que en virtud y fuerrza de lo que lle-
vo expuesto se digne su piadoso corazón compadeserse de mis padesimientos
y el estar mi marido ausente quien á su benida me hallará en prición parecién-
dole hubiere yo cometido algún delito y en todo la bondad de Vuestra Señoría
es muy caritatiba para mi soltura, etcétera.
Manuela Morales (Rubricado).
(Al margen)
Huánuco Abril 8 de 1812.
A los de su materia y téngase presente para su devido tiempo.
Fernández (Rubricado). Testigo: Jossef de Arze (Rubricado). Sebastián
Ramírez (Rubricado).
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