Page 203 - La Rebelión de Huanuco - vol 3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
                    A la tercera: Dijo que ignora su contesto, en la primera parte, y en quan-
            to á la segunda que lo á bisto trabajar en la composicion de cureñas, y responde.
                    (Al margen):
                    A la quarta, quinta, sexta y septima: dijo, que ignora sus contenidos, y
            responde.
                    (Al margen):
                    A la octava: dijo que despues de haver entrado el Escrito pasificador
            en esta ciudad le refirio el sitarlo Jose Angel Béraun lo que relaciona en su
            pregunta, y responde.
                    (Al margen):
                    A la novena y ultima: dijo que ignora sobre su exposicion: Que lo decla-
            rado es la verdad para el juramento que tiene fecho en que se afirmó, y ratificó
            siendole leyda, que no le tocan las generales de la ley, y disiendo ser de edad de
            sinquenta y ocho años lo firmó con Su Señoria y acompañado de que doy fée.
                                Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                   Josef de Baldisan (Rubricado).
                                    Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de Su Magestad.


                    (Al margen):
                    Huanuco 28 de Abril de 1812. Alos de su materia, y traiganse para
            proveer.
                                       Gonsales (Rubricado).
                                    Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de Su Magestad.


                                  Señor Governador Yntendente.
                    Don Jose de Binia a nombre de Jose Angel Beraun, sargento Segundo
            de Dragones, preso en esta Real Carcel, por motivo de suponerle el cumpli-
            miento de una orden, que en 14 del proximo pasado mes de Marso expidió
            el Subdelegado delos Ynsurgentes cometido á Manuel Estrada, y ami parte,
            á quienes comisiona para que en los barrios de San Pedro, y San Juan reclu-
            tasen a todo moso de dose años arriba, con el destino de que con sus armas
            se presentasen ala expedicion que hacian á Ambo contra las tropas del Rey:



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