Page 386 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Volumen  2
                                  Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco
            y ratifica, que no tiene que quitar, ni añadir, que no le tocan las generales de
            la ley que es de edad de veinte y un años, y no firmó por no saver, lo hízo su
            Señoría de que doy fee.
                               Josef Gonzales de Prada (Rubricado).
                                      Jose Binia (Rubricado).
                                   Blas de Legonia (Rubricado).
                                   Mariano Flores (Rubricado).
                          Ante mi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                    Escribano de su Magestad.


                    (Al margen:)
                    Huanuco Abril 21 de 1812.
                    Señor Governador Yntendente.
                    (Al margen:)
                    En consideracion á las justas causas que esta parte propone se le pro-
            rroga el termino á tres dias mas sobre los concedidos, anteriormente con de-
            negacion absoluta á otro qualquiera; los que se entiendan comunes á todos
            los co-reos de la causa y por lo respectibo al defensor que solicita, nombre
            en el dia al que tenga por combeniente lo que se haga saver por el actuario;
            agregandose este á los de su materia. Gonsales (Rubricado). Ante mi Nicolas
            Ambrocio de Ariza (Rubricado). Escribano de su Magestad. Mariano Flores
            (Rubricado).
                    El Presbítero Don Bartholome de Lastra, preso en este Convento de
            nuestro Padre San Agustin por el sindicato que aparece contra mi a fojas pues-
            to ante Vuestra Señoria con el debido respeto y como haya lugar en derecho y
            al mi convenga, paresco y digo: que con el objeto de sinserarme de las sitadas
            sindicaciones nombré por Defensor de mi causa a Don Manuel Tupayupan-
            qui, quien há corrido hasta el dia con el sumario que ofresi dar de mi conducta
            y prosedimiento con Personas que los calificasen. Pero este hombre, o poco
            instruido en materia de tan alta consideracion, o inducido de mala fé, há echo
            una defensa (si asi se puede llamar) que lejos de probar mi honrrado prose-
            der, me hase vicioso en la embriaguez con desdoro de mi educacion y estado,
            como consta no solo del memorial que há presentado, sino del testigo, con
            quien poco o nada me hé versado. Y aunque en realidad el vicio que me impu-
            ta mi Defensor no hace otra cosa que notarme de un hombre abandonado, se
            me hase presiso ocurrir a la Justificacion de Vuestra Señoria para que dé por



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