Page 205 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La Rebelión de Huánuco de 1812
            enfermedad, y que el medico Dávila siempre que hiba a donde la enferma lo
            encontraba al declarante en la casa, y que desde el 15 se retiró á dormir á su
            casa, y el 17 se fue á su Hazienda con cuyo motibo llegó á tener amistad en la
            casa sin haver tenido familiaridad antes con los Martines:
                    En este estado mandó Su Señoría suspender la presente confeción de-
            jandola avierta para proseguir siempre que combenga, y el deponente dijo que
            lo que lleva declarado es Ia verdad so cargo del juramento que fecho tiene en
            que se afirmó y ratificó siendole leyda esta su deposicion y la firmó con Su
            Señoría de que doy fee.
                               Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                    Josef de Zavala (Rubricado).
                                   Mariano Flores (Rubricado).
                          Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                     Escribano de Su Majestad.


                    Inmediatamente mandó comparecer Su Señoría al teniente de milicias
            de Cavalleria Don Manuel Ochoa, á quien por ante mí el presente Escribano
            le recivió juramento que lo hizo por Dios nuestro Señor y una señal de la
            cruz bajo del qual ofreció decir verdad en lo que supiere, y fuere preguntado,
            y siendolo sobre la sita que se le hace dijo: Que su hierno Don Ignacio Prado
            le pidió a el declarante de orden del subdelegado de este Partido Don Diego
            García que le prestase su balero, y haviendolo solisitado en su casa encontró
            que su madre unos dias antes se lo havia prestado á Bacilio Marin, y haviendo
            acudido donde este en compañía de dicho Subdelegado y Coroneles contestó
            dicho Basilio haversele dado al Presvitero Don José Zabala, y acudiendo á este
            se denegó darlo diciendo que lo tenía en su chacara: Que esta es la verdad
            para el juramento dicho en que se afirmó y ratificó, siendole leyda esta su
            declaración, que no le tocan las generales de la ley, y disiendo ser de edad de
            sincuenta y dos años lo firmo con Su Señoría de que doy fee.
                               Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
                                Juan Manuel de Ochoa (Rubricado).
                                   Mariano Flóres (Rubricado).
                          Antemi Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado).
                                     Escribano de Su Majestad.






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