Page 483 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Huánuco de 1812
de la ley, dandosela á entender, que se le leyó desde la primera linea, hasta la
última su deposicion que tiene hecha en estos autos á fojas y en su virtud dijo:
Que lo que en ella se halla escrito lo dijo y depuso el testigo por ser cierto todo
ello, en que se ratifica y confirma, y en caso necesario lo dice aora de nuebo en
este plenario juicio; y que no tiene que añadir, ni quitar cosa alguna, y que lo
que ha dicho es la verdad bajo el juramento que ha prestado; que es de edad de
treinta y ocho años, y la firmó con su Señoría de que doy fee.—
Josef Gonsales de Prada (Rubricado) Felis Ramires (Rubricado)
Ante mi Nicolás Ambrocio de Ariza (Rubricado)
Escribano de Su Magestad.
Mariano Flores. (Rubricado)
(Inserto).
Acabo de recivir el Oficio de Vuestra Señoría su fecha 3 del presente
por mano de los Yndios al Pueblo de Chupán. En él me encarga Vuestra Se-
ñoría la aprehension de Don José Condeso, y demás personas que le acompa-
ñan por comprendidas en la Sublevacion de esa Ciudad. tengo dadas todas las
providencias, y no perderé un momento en practicar quantas diligencias sean
dables para su prision y embargo.
Nuestro Señor guarde á Vuestra Señoría muchos años. Jacar, y Abril 7
de 1812.
Juan Bezares. (Rubricado)
(Al margen)
Huanuco 14 de Abril de 1812.
Por recivido la presente contestación, agreguese al expediente de su
referencia.
Gonzales. (Rubricado) Mariano Flores (Rubricado)
Ante mi. Nicolás Ambrocio de Ariza. (Rubricado)
Escribano de su Magestad
(Al pie de página)
Señor Don José Gonzales de Prada, Governador Yntendente.
En dicho dia mes y año hizo comparecer Su Señoría á Don José Ponce,
vecino de esta Ciudad, testigo examinado en esta causa, del qual recibió jura-
mento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz, bajo del cual
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