Page 237 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            Lorenso Antonio Cardenas, diciendole, te he de cortar el pesqueso á ti, y á tu
            patron por que ya los yndios somos dueños de todas estas tierras, y hemos de
            posé todas las casas, y haciendas de Tarma, y tan insolentado que repitio á la
            misma Ynes pocos dias despues que dicho Coronel habria tenido miedo, pues
            sin embargo de este recado con su sirviente, no habia hecho novedad. Que
            esta insolencia provino, segun refirio á la declarante la misma Ynés, por haver
            llegado un hombre inconnito de tierras estrañas al mismo citio Tarmatambo
            en casa de ese yndio Guillermo, á quien le demostró unos papeles, que segun
            las relaciones de Ynes contendrian clausulas de subercion, y seduccion á los
            yndios para que se conmobiesen á alsamiento. Que tambien expresó á la de-
            clarante, que el tal forastero dejó un caballo en poder de dicho Juan de Dios
            Guillermo, para que se lo cuidase, protestando que bolveria para el mes de
            Agosto del año próximo pasado y que para entonces serian los yndios esentos
            de opreciones, y los que mandansen en estos dominios. Que dicho Guillermo
            cuidava grandemente el caballo, hasta que murio, y que hasta esta fecha no
            ha parecido el tal hombre. Que la muger de Esteban Sarate nombrada Mar-
            tina, llorando por lo que Guillermo havia dicho á su marido fue á dar parte
            al mayordomo del referido señor Coronel, Mariano Gallardo, que nó sabe las
            resultas, y tampoco sabe, ni ha oydo á otras personas, distintas especies, que
            suenen a ynsurgencia sino las que lleva dichas sabidas por la enunciada Ynes.
            Que es quanto puede decir en la verdad y por el juramento que tiene fecho en
            el que se afirmó, y ratifico leida esta su declaracion y dadosela á entender por
            su ynterprete, que es de edad de veinte, y seis años, no firmó por que dijo no
            saver escrivir, hizolo el señor Jues con el susodicho ynterprete por ante mi el
            precente Escribano de que doy fe.
                    Ygnacio Valdivieso (Rubricado) Eusebio Collao (Rubricado)
                                  Nicolas de Berroa (Rubricado)
                                  Escribano Público.


                    Tarma, y Marzo 10 de 1812.
                    Vista la declaracion antecedente: Haganse comparecer á este Govierno
            á la anciana Ynes, á Estevan Zurita, su consorte. Martina, y al mayordomo Ma-
            riano Gallardo para que sean examinados con proporcion á las citas, á cuyo
            efecto se comiciona al Sargento Eucevio Collao, sin perjuicio de adelantarse
            este sumario, y de las depocisiones que puedan precentarse.





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